Cámara aprobó fondos para el transporte en Santiago y regiones.57 a favor 56 en contra

Por 57 votos a favor y 56 en contra, la Cámara aprobó el proyecto que crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros. La iniciativa considera aportes por $197 mil millones.

El texto legal (boletín 5849) crea un mecanismo de subsidio de cargo fiscal, destinado a compensar los pagos de los pasajes. La iniciativa fue enviada al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional.

El proyecto indica que desde la fecha de publicación de la ley, el gasto total anual por aplicación del subsidio no podrá exceder los $197 mil 400 millones.

Límite reajustable

Este límite máximo se reajustará anualmente en la Ley de Presupuestos, de acuerdo al IPC. A partir del 2012, este límite máximo podrá ser incrementado de acuerdo a la variación en el número de viajes en el transporte público de los dos años anteriores.

El monto máximo anual del gasto por aplicación del mecanismo de subsidio se distribuirá, a más tardar, el 31 de diciembre de cada año, entre las regiones del país y sus zonas geográficas, considerando las tarifas de adultos y de estudiantes, sus diferencias y el número de viajes de cada uno de ellos.

La iniciativa añade que el Ministro de Transportes dispondrá la entrega total o parcial de los recursos siempre y cuando se incorpore el efecto de éstos en las condiciones económicas y en la operación de servicios, tales como tarifas y mecanismos de control.

Distribución de los recursos

En las ciudades donde exista una licitación de uso de vías, una resolución de perímetro de exclusión o el establecimiento de condiciones operativas, se podrán otorgar subsidios a los operadores.

Las tarifas máximas permitidas en estos contratos, o en las condiciones operativas que se establezcan en virtud de un perímetro de exclusión, deben reducirse como consecuencias de estos subsidios.

Subsidio regional

En aquellas ciudades donde, por su tamaño u otras razones, no resulte factible fijar tarifas máximas, los recursos provenientes de la aplicación del subsidio constituirán una provisión especial, en un 60%, para inversiones en el presupuesto de la Subsecretaria de Desarrollo Regional, SUBDERE.

A petición de los Intendentes, la SUBDERE incorporará estos recursos a los presupuestos de los Gobiernos Regionales y, en un 40%, se destinarán a incrementar la partida del presupuesto del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en la asignación correspondiente al Subsidio al Transporte Regional.

Comunas de 50 mil habitantes

En el caso de comunas con población igual o mayor a 50 mil habitantes, los recursos que no sean entregados constituirán una provisión especial para inversiones en el presupuesto de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, desde la cual, a petición de los respectivos intendentes, se incorporarán a los presupuestos de los gobiernos regionales.

Comunas con población inferior a 50 mil habitantes

En comunas con menos de 50 mil habitantes, los fondos irán a un programa de apoyo al transporte regional que contemplará un subsidio al transporte público remunerado en zonas aisladas; un subsidio al transporte escolar y otros programas que favorezcan este tipo de transporte regional.

Informes trimestrales

Los Ministerios de Transportes y del Interior proporcionarán a la Comisión Especial de Presupuestos del Congreso Nacional, un informe trimestral del destino de los recursos.

A partir de la fecha de publicación de la ley, cualquier modificación en los procedimientos de determinación de rebajas tarifarias del transporte público remunerado de pasajeros y/o en la población beneficiaria de estas rebajas u otras que importen variación de las normas aplicables a ellas, deberá contar con la autorización previa del Ministro de Hacienda.

Asimismo, el acto administrativo que dé cuenta de ello, deberá igualmente llevar la firma del Ministro de Hacienda.

Fondo Transitorio para Transantiago

El proyecto también crea un Fondo Transitorio para el Sistema de Transporte Público de la ciudad de Santiago, con un monto de $190 mil 350 millones, los que serán desembolsados entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2011.

Los montos del subsidio serán transferidos a las cuentas en las cuales se administran los recursos del sistema, pero sólo se pagará con dichos recursos a los operadores que hayan suscrito las renegociaciones de los contratos, que permitan una adecuada y correcta prestación del servicio de transporte público.

El Ministerio de Transportes deberá proporcionar un informe trimestral sobre el uso de los recursos a la Comisión Especial de Presupuestos del Congreso, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y demás organismos fiscalizadores.

Fondo de inversiones regionales

Asimismo, se crea un Fondo de Inversiones Regionales para el Transporte y Conectividad, con la misma cantidad de recursos que el fondo anterior, lo que serán desembolsados sólo a contar de la fecha de inicio de aplicación de los recursos del Fondo Transitorio para el Sistema de Transporte Público de la Ciudad de Santiago.

Los dineros de este segundo fondo, se distribuirán entre los Gobiernos Regionales y se ejecutarán en las regiones beneficiarias. En el caso del Gobierno Regional de la Región Metropolitana, se considerarán las comunas en que no opera el Sistema de Transporte Público de la Ciudad de Santiago.

Con cargo a este fondo se podrán ejecutar gastos e inversiones referidos a compra de buses usados, debiendo disponer la posterior destrucción y conversión en chatarra. También se podrá invertir en infraestructura para el transporte público y su modernización; y para el transporte en general.

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