Realizarán auditorías a empresas de telefonía por cobros indebidos

La Subsecretaría de Telecomunicaciones se comprometió a realizar una auditoría a las empresas telefónicas para determinar cuántos son los reclamos que se producen por cobros indebidos, de qué manera y a través de qué institución se han resuelto.



Así lo informaron el Vicepresidente del Senado, Baldo Prokurica y el senador, Nelson Ávila luego de reunirse con el Subsecretario, Pablo Bello a quien le manifestaron su inquietud por la falta de instalación de medidores de consumo, tal como lo establece la Ley 19.302 y el aumento de reclamos por cobros, ya que en lo que va de corrido del año, las denuncias llegan a las mil.



El senador Prokurica aseguró que “el problema es que a juicio la SUBTEL, las empresas están cumpliendo con la mencionada ley, al generar las condiciones para que se pueda instalar un medidor telefónico. Sin embargo, en mi calidad de autor de la norma creo que la correcta interpretación es que las empresas tienen la obligación de entregar el servicio y también el medidor”.



Asimismo, el gobierno argumenta que “el número de reclamos es bajo porque los teléfonos fijos solo alcanzan a los 2 millones, no obstante, creemos que eso no significa que estos problemas no existan”, dijo el parlamentario.



Recalcó que “el consumidor debiera tener, al igual que en otros servicios básicos, la posibilidad de comprobar los consumos a través de un medidor instalado en su casa, de modo de poder reclamar por cobros no efectuados”. Recordó además que la Ley 19.302 fue promulgada hace 14 años y, hasta hoy, “las empresas telefónicas no cumplen con ella, situación que el gobierno tampoco ha sabido fiscalizar”.





El senador Prokurica aclaró que “resulta inexplicable que, tras todos estos años, ninguna autoridad haya sido capaz aún de presionar a las empresas responsables de proveer estos medidores y permitan que la ley siga sin cumplirse”.



En este sentido, puntualizó que “en la actualidad el consumidor de este servicio está bastante desamparado porque cuando reclama por alguna irregularidad o diferencia con las llamadas realizadas tiene que hacerlo contra un certificado de la propia empresa que entrega el servicio”.





Por ello, destacó que “al menos la SUBTEL se comprometiera a realizar una auditoría a las empresas del sector que permita tener claridad sobre los niveles de cumplimiento y atención que estas empresas le están dando a los consumidores”.



ESPÍRITU DE LA LEY



En tanto, el senador Nelson Ávila, afirmó que “desde el Senado enviaremos al Subsecretario Pablo Bello, un oficio donde reiteraremos que el espíritu de la ley da cuenta de la obligatoriedad de las compañías telefónicas de disponer de medidores para los usuarios que lo soliciten”.



Asimismo aseveró que “queremos definir con exactitud cómo se ha manifestado la variedad de reclamos que se efectúan por el servicio telefónico, con el fin de medir, sin asomo de dudas, lo que corresponde a llamados no realizados por los usuarios”.



Agregó que “el artículo 2 de la Ley 19.302, publicada en el Diario Oficial el 10 de marzo de 1994, señala entre otras cosas que las empresas concesionarias de servicio público telefónico deberán ofrecer facilidades que permitan al suscriptor verificar en su domicilio, las llamadas cursadas por intermedio de sus instalaciones. Dichas facilidades serán provistas a solicitud del suscriptor y a sus expensas”.

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