Justicia se prepara para la entrada en vigencia de la Ley de Transparencia

Diversas actividades de coordinación y planificación, desarrolla el Ministerio de Justicia para implementar la Ley de Transparencia (N°20.285 sobre Acceso a la Información Pública) -promulgada el 11 de agosto pasado-; ello porque los servicios públicos de dicha cartera fueron elegidos para la realización de un plan piloto de cinco meses de duración.

Con tal propósito ayer se realizó desde Santiago una capacitación a todas las regiones del país. La videoconferencia fue encabezada por el subsecretario de Justicia, Jorge Frei, quien valoró la iniciativa gubernamental que permitirá transparentar todas las actuaciones del Estado.

En Puerto Montt, dicha actividad se desarrolló en dependencias de la Defensoría Regional, donde participaron los representantes de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia, Registro Civil, Gendarmería, Corporación de Asistencia Judicial, Sename, Servicio Médico Legal y Defensoría Penal Pública.

El Defensor Regional y Seremi de Justicia (s), Francisco Geisse, señaló que, “la nueva legislación consagra el principio de transparencia en la función pública y vela por el derecho que tiene toda persona a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la administración del Estado. De ahí la importancia de que todos los servicios estén preparados para la entrada en vigencia de la ley en abril del próximo año lo que exigirá un gran esfuerzo en materia de procesos de levantamiento de información, diagnóstico, determinación de brechas y planificación”, sostuvo.

La Ley

Dicha norma legal, que entrará en vigencia en todo el país en abril de 2009, busca facilitar el acceso a la información de cualquier persona a los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de los órganos estatales. Para ello, todos los servicios y organismos públicos deberán publicitar de manera permanente toda la información relevante en sus sitios electrónicos, incluyendo todos los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros y las transferencias de fondos públicos que efectúen, cumpliendo lo que la ley denomina transparencia activa.

Además se establecerán los procedimientos para que los ciudadanos puedan acceder y solicitar información de cualquier institución pública (transparencia pasiva) que se encuentre contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información preparada con presupuesto público.

De no cumplir con los requerimientos de información, los servicios públicos podrán ser denunciados por los ciudadanos ante el Consejo para la Transparencia, entidad creada por esta ley, como un organismo autónomo con facultades fiscalizadoras y sancionatorias, que velará por el cumplimiento de la norma y aplicará las sanciones correspondientes.

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