Moción amplía causas de inhabilidad de miembros del Tribunal Constitucional

Diputados de gobierno presentaron un proyecto que permite que a los ministros de este organismo se le apliquen las mismas causas de inhabilidad que a los Poder Judicial.

La moción (boletín 6163) fue presentada por los diputados Jorge Burgos, Marcelo Díaz, Marco Enríquez-Ominami, Renán Fuentealba, Carlos Montes, José Miguel Ortiz y Mario Venegas.

Sostiene los los autores que la aplicación de estas causales a los ministros del Tribunal Constitucional (TC) parece de toda lógica, pues se trata de una norma de general aplicación para todos los jueces, no existiendo ninguna razón para hacer una distinción entre los magistrados de los tribunales ordinarios y los Ministros del Tribunal Constitucional.

La iniciativa establece que se podrá inhabilitar a un ministro del TC en los asuntos relativos a todas las facultades que se le otorgan, con exclusión del control obligatorio de constitucionalidad y el informe que el Tribunal debe entregar al Senado en el caso de inhabilidad o dimisión del Presidente de la República, pues, en estos casos, no intervienen otros órganos o personas ante el Tribunal.

Respecto de quiénes pueden promover las implicancias, se propone que puedan hacerlo todos los órganos y personas legitimadas (incluidos quienes ejerzan la acción pública, como los fiscales), los órganos constitucionales interesados y las partes en una gestión o juicio pendiente en que se haya promovido una cuestión de inaplicabilidad de un precepto legal o de inconstitucionalidad de un auto acordado.

Añaden los autores que no parece adecuado señalar que podrán promover la implicancia sólo aquellos que sean parte, ya que un órgano constitucional legitimado que no haya promovido la cuestión ante el Tribunal, no sería parte, como tampoco lo sería un órgano constitucional legitimado que no haya solicitado ser tenido como tal dentro del plazo que se le confiere para formular observaciones.

Por otro lado, indican que el concepto de parte, en orden a promover la implicancia, no parece adecuado para los asuntos de los que conoce el Tribunal, ya que los efectos de las sentencias son de carácter más bien general y no particular.

En cuanto a la oportunidad para hacer valer las implicancias, el proyecto establece como plazo para ello hasta antes de la vista de la causa.

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