Reporteros gráficos citan a reunión
Estimados socios:
Se cita a la II Asamblea Ordinaria del año 2008, de carácter obligatorio.
· Fecha: 13 de noviembre 2008
· Lugar: Amunategui 31, piso 8º
· Hora: 19:30 hrs. 1era citación
· 20:00 hrs. 2da citación.
TABLA
· Rendición de Cuentas directiva saliente 2007-2008
· Balance 2007 – 2008
· Conformación TRICEL
· Elecciones 2008, período 2009-2010
NOTA; Se les recuerda que es responsabilidad de los socios venir a lo menos a 1 asamblea al año.
ARTÍCULO UNDECIMO.- Quedarán suspendidos en todos sus derechos en la Corporación: a) los socios que se atrasen por más de noventa días en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias para con la Corporación. Comprobado el atraso, el Directorio declarará la suspensión de éste sin más trámite. Esta suspensión cesará de inmediato una vez cumplida la obligación morosa a que dio origen; b) los socios que injustificadamente no cumplan las tareas que se les encomiendan, no asistan a tres reuniones legalmente convocadas y no cumplan las disposiciones de los Estatutos y Reglamentos de la Corporación o no acepten los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio . La suspensión la declarará el Directorio hasta por dos meses. El Directorio informará a la más próxima Asamblea General que se realice, cuales socios se encuentran suspendidos.
Atte.
DIRECTIVA
Unión de Reporteros Gráficos
y Camarógrafos de Chile
Se cita a la II Asamblea Ordinaria del año 2008, de carácter obligatorio.
· Fecha: 13 de noviembre 2008
· Lugar: Amunategui 31, piso 8º
· Hora: 19:30 hrs. 1era citación
· 20:00 hrs. 2da citación.
TABLA
· Rendición de Cuentas directiva saliente 2007-2008
· Balance 2007 – 2008
· Conformación TRICEL
· Elecciones 2008, período 2009-2010
NOTA; Se les recuerda que es responsabilidad de los socios venir a lo menos a 1 asamblea al año.
ARTÍCULO UNDECIMO.- Quedarán suspendidos en todos sus derechos en la Corporación: a) los socios que se atrasen por más de noventa días en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias para con la Corporación. Comprobado el atraso, el Directorio declarará la suspensión de éste sin más trámite. Esta suspensión cesará de inmediato una vez cumplida la obligación morosa a que dio origen; b) los socios que injustificadamente no cumplan las tareas que se les encomiendan, no asistan a tres reuniones legalmente convocadas y no cumplan las disposiciones de los Estatutos y Reglamentos de la Corporación o no acepten los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio . La suspensión la declarará el Directorio hasta por dos meses. El Directorio informará a la más próxima Asamblea General que se realice, cuales socios se encuentran suspendidos.
Atte.
DIRECTIVA
Unión de Reporteros Gráficos
y Camarógrafos de Chile
Comentarios