Aprueban proyecto que transforma Casa de Moneda en sociedad anónima

79 votos a favor y 5 abstenciones recibió el informe de Comisión Mixta del proyecto que transforma la Casa de Moneda en sociedad anónima, lo que permitirá que la institución desarrolle actividades empresariales.

La propuesta legal (boletín 2949), aprobada por los diputados y que ahora debe ser ratificada por el Senado, autoriza al Estado para desarrollar actividades empresariales de carácter industrial y mercantil en materias gráficas y metalúrgicas, a través de una sociedad anónima que constituirán el Fisco, con un 1% del capital, y la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), con un 99%, quienes deberán mantener permanentemente la propiedad de las acciones representativas de su capital social.

Para ello, el Fisco, representado por el Tesorero General de la República, y la CORFO, constituirán en seis meses, desde la fecha de publicación de esta ley, una sociedad anónima que se denominará Casa de Moneda de Chile S.A., la que se regirá por las normas de las sociedades anónimas abiertas, quedando sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros.

Esta sociedad anónima será la continuadora legal del servicio público Casa de Moneda de Chile, a contar de la fecha en que inicie su existencia legal, y sus objetivos serán, entre otros, la fabricación de planchas, la elaboración de billetes y la creación y/o elaboración de otros elementos para la transferencia de fondos y/o medios de pago; y la impresión, creación y/o elaboración de especies valoradas y documentos o elementos de fe pública o que requieran de seguridad especial.

El Ministro de Hacienda, en representación del Fisco, junto al Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, podrá aprobar los estatutos sociales y sus modificaciones posteriores, y suscribir los documentos pertinentes.

Estos estatutos y sus modificaciones deberán ajustarse estrictamente a las normas de esta ley, contemplando la aplicación del Sistema de Alta Dirección Pública en el nombramiento de los miembros de su directorio y de los más altos cargos ejecutivos, garantizando un alto nivel de idoneidad técnica.

Traspaso de personal

El proyecto dispone que el personal de Casa de Moneda de Chile, cualquiera sea la calidad jurídica y el régimen laboral al que esté afecto, continuará desempeñándose en la sociedad anónima y se regirá por las normas de la legislación laboral y previsional aplicables a los trabajadores del sector privado.

Del mismo modo, se incorporarán a la nueva sociedad las personas que estén proporcionando servicios a Casa de Moneda contratadas sobre la base de honorarios, en forma continua, a lo menos durante los dos años previos a la fecha de publicación de esta ley.

Los contratos de trabajo que corresponda celebrar entre la nueva empresa y los trabajadores, deberán constar por escrito dentro de los 60 días siguientes a la constitución de la sociedad.

El personal en actual servicio podrá mantenerse en el régimen previsional al que se encuentra adscrito, sin perjuicio de su derecho a optar por el régimen de las AFP.

El mencionado personal tendrá derecho a las indemnizaciones que les correspondan por término de la relación laboral, de conformidad con el Código del Trabajo y, para tal efecto, se le considerarán los años de servicio prestados en Casa de Moneda de Chile.

Bono de retiro

La iniciativa también otorga un bono al retiro a los trabajadores y funcionarios de Casa de Moneda, el que variará entre el equivalente a 6 meses, 4 o 2 meses de sueldos y contraprestaciones.

Como requisito para acceder a este bono, se dispone que el trabajador deberá haberse desempeñado en Casa de Moneda a lo menos por 10 años ininterrumpidos e inmediatamente previos a la constitución de la empresa, a la fecha de publicación de la ley; y tener 60 años o más si son mujeres y 65 años o más si son hombres.

Estos beneficios procederán respecto de aquellos trabajadores que renuncien voluntariamente dentro de los 120 días siguientes a la constitución de la empresa.

También se establece un bono para los trabajadores a planta o a contrata y para aquellos contratados bajo las normas del Código Laboral, que cesen en el cargo o se les termine el contrato de trabajo por necesidades de la empresa, y no puedan acceder al bono por retiro establecido para los funcionarios públicos, recibirán como complemento a la indemnización por años de servicio un bono que entre 6 y dos remuneraciones y contraprestaciones, de acuerdo al monto de su remuneración.

Regulación de Sindicatos

Por otro lado, las asociaciones o agrupaciones de funcionarios de Casa de Moneda, regidas por la ley de asociaciones de funcionarios públicos, que se encuentren vigentes a la fecha de constitución de la sociedad, tendrán un año de plazo para adecuar sus estatutos a las normas sobre organizaciones sindicales establecidas en el Código del Trabajo, de lo contrario, verán caducada su personalidad jurídica.

La primera negociación colectiva entre los sindicatos y el directorio de la empresa, se podrá llevar a cabo 120 días después que se nombre el directorio de la empresa o se conformen los sindicatos.

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