A ley reajuste del 10% para el sector público

Por 87 votos, la Cámara aprobó el último trámite del proyecto que reajusta en 10% las remuneraciones de los funcionarios del sector público, el que comenzará a regir el próximo 1 de diciembre.

El texto legal (boletín 6203) concede, además, un Aguinaldo de Navidad de $35.510 para los trabajadores que tengan rentas líquidas iguales o inferiores a $476.325, y de $18.841 para quienes reciban rentas superiores a esa cantidad.

Este aguinaldo también será entregado a los trabajadores de las universidades con aporte fiscal directo y a los trabajadores de sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

De la misma forma, recibirán este aguinaldo los funcionarios de la educación municipalizada y de los Liceos Técnico Profesionales, más los trabajadores de las instituciones colaboradoras del SENAME.

Aguinaldos de Fiestas Patrias

Asimismo, la ley establece un aguinaldo de Fiestas Patrias para el 2009, que será de $46.591 para los trabajadores cuya remuneración líquida sea igual o inferior a $476.325, y de $32.454 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

Ambos aguinaldos se otorgarán también a los trabajadores que estén con subsidio por incapacidad laboral.

Bono de escolaridad de $45.909

El proyecto concede, además, un bono de escolaridad no imponible ni tributable, por cada hijo de entre 4 y 24 años de edad, que sea carga familiar, siempre que cursen estudios regulares en los niveles de enseñanza prebásica del 1º nivel de transición, 2º nivel de transición, educación básica o media, educación superior o educación especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste.

El monto del bono ascenderá a la suma de $45.909, que será pagado en dos cuotas iguales de $22.954 cada una, la primera en marzo y la segunda en junio de 2009.

Bonificación adicional de $19.202 al bono de escolaridad

Además, se entregará una bonificación adicional al bono de escolaridad, de $19.202 por cada hijo causante de asignación familiar, cuando a la fecha de pago del bono, los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $476.325. Esto se pagará con la primera cuota del bono de escolaridad respectivo.

Por otro lado, se entregará al personal asistente de la educación que se desempeñe en la educación municipalizada, el bono de escolaridad y la bonificación adicional.

Bono de fin de conflicto

La futura ley concede un bono especial no imponible, y que no constituirá renta para ningún efecto legal, que se pagará durante diciembre de 2008.

El monto del bono ascenderá a $200.000 para los trabajadores cuya remuneración bruta sea igual o inferior a $1.000.000, y de $100.000 para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $2.000.000.

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