Corte Suprema ratifica multa a AFP Planvital por presentar estados financieros maliciosamente subvalorados

La Corte Suprema condenó a Planvital a pagar una multa de 500 Unidades de Fomento (equivalentes $ 10.723.170) por haber presentado a la Superintendencia de AFP estados financieros maliciosamente subvalorados e inconsistentes en 2005.

En fallo unánime (causa rol 6144-2007), los ministros de la Tercera Sala Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Haroldo Brito y el abogado integrante Ismael Ibarra, acogieron el recurso de casación presentado por la Superintendencia en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que anuló la sanción aplicada por la autoridad fiscalizadora.

El fallo de la Corte Suprema sostiene que la mencionada administradora de fondos de pensiones infringió la normativa al declarar ante la Superintendencia que, a 30 de junio de 2005, presentaba utilidades ascendientes $ 865.444.000, en circunstancias que, a dicha fecha, acumulaba una pérdida superior a $ 4.703.000.

“Que en la determinación de esos estados financieros, manifiestamente incorrectos en los rubros indicados, la A.F.P. Planvital S.A. no se ciñó al procedimiento contenido en la circular N° 1.235 del año 2002 y en el oficio N° 1.886 de 25 de enero de 2005, ambos de la Superintendencia, expedidos en ejercicio de las atribuciones que a ésta le confieren los artículos 94 N° 6 del D.L. N° 3.500 de 1980 y 3° letra o) del D.F.L. N° 101 de 1980 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que constituye el Estatuto Orgánico de la Superintendencia de A.F.P”, dice el fallo del máximo tribunal.

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