Diputados aprueban proyecto que regula las elecciones declaradas nulas

En tales casos, la iniciativa legal despachada al Senado (Boletín 6349), establece los procedimientos a seguir en la sucesión transitoria de alcaldes, concejales y consejeros regionales.

El proyecto de ley del Gobierno fue tramitado en una semana por la Cámara, dada la urgencia de discusión inmediata que le impuso el Ejecutivo. Fue aprobado en general en la Sala por 94 votos a favor y 2 abstenciones.

El texto regula un aspecto puntual - la no conformación del Gobierno Regional de Antofagasta por el fraude electoral detectado en el Municipio de Sierra Gorda- y el vacío legal permanente que existe al declararse nulas las elecciones de alcaldes y concejales.

CORES

Cuando una elección de consejeros regionales se declare nula, se propone la constitución transitoria de un Consejo Regional, escogido por los concejales de las provincias que componen la respectiva región, con exclusión de los pertenecientes a las comunas cuya elección haya sido declarada nula por los tribunales electorales.

Este CORE será transitorio y durará en funciones hasta que se realice una nueva elección de alcaldes y concejales en la provincia cuestionada.

Cuando se declare nula la elección de un alcalde, lo representará en sus funciones el funcionario que le siga en orden de jerarquía, hasta que se elija el nuevo edil.

En el caso de los concejales, sus funciones serán desempeñadas, en conjunto y de consuno, por los cuatro funcionarios en ejercicio que sigan al alcalde en orden de jerarquía, con exclusión del secretario municipal y del juez de policía local, hasta la instalación del nuevo concejo.

CORE de Antofagasta

El proyecto considera un artículo transitorio que busca dar solución al caso de la comuna de Sierra Gorda, donde el tribunal anuló la elección de alcalde y concejales, tras acoger una denuncia de fraude presentada por los candidatos independientes a alcalde, José Guerrero, y a concejal, Douglas Fuenteseca.

Ambos denunciaron la inscripción fraudulenta de más de tres mil electores en una localidad de sólo dos mil habitantes. Además, se encontraron cédulas de votación y formularios de inscripción para sufragar, sin uso, en el poblado de Baquedano.

Al estar acéfalo el concejo municipal de esa comuna, no puede elegirse el CORE de Antofagasta, lo que el proyecto soluciona señalando que se elegirá un CORE transitorio por los concejales de las provincias de Antofagasta, Tal Tal y Mejillones.

Artículo rechazado

Los diputados rechazaron, por 81 votos contra 7 y 2 abstenciones, el artículo 4 del proyecto original, que obligaba a remitir los antecedentes al juzgado de garantía competente, para que éste procediera a la exclusión de las personas inscritas en contravención a la ley, cuando el Tribunal Calificador hubiera declarado nulo un acto eleccionario.

El proyecto modifica las leyes N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios; y N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral.

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