Senado aprobó proyecto que modifica la Ley de Alcoholes

De forma unánime fue aprobado por el Senado el proyecto de Ley que modifica la normativa sobre alcoholes para adecuarla a los compromisos internacionales firmados por Chile con la Unión Europea.

Por lo tanto, el proyecto quedó en condiciones de ser promulgado como Ley de la República, lo que permitirá mantener un comercio estable de alcoholes con la Unión Europea.

Además, la iniciativa aumenta la capacidad fiscalizadora del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), perfecciona los mecanismos de inspección y eleva el rango de las sanciones en caso de infracción.

De este modo, permite que el primer análisis de las muestras de productos tomadas por los inspectores, pueda ser analizado tanto en laboratorios del SAG como en recintos autorizados para dicho efecto.

Además se elimina la exigencia actual de efectuar análisis de todos los productos importados, permitiendo establecer el cumplimiento de los requisitos legales con una verificación documental.

Con este proyecto de ley se adecua nuestra legislación al Acuerdo sobre el Comercio de Vino y el Acuerdo sobre el Comercio de Bebidas Espirituosas y Bebidas Aromatizadas, suscritos en el marco del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea.

La Ministra de Agricultura, Marigen Hornkohl, expresó su satisfacción por la aprobación de la iniciativa legal, la que, explicó "permite mejorar los controles internos, pero también sitúa a nuestro país en estándares internacionales que le permitirán mantener un comercio estable en materia de alcoholes con la Unión Europea, lo que refuerza aún más nuestra estrategia de convertir a Chile en Potencia Alimentaria y Forestal".

Mediante este nuevo reglamento se sustituyeron las expresiones "champaña" por "vino espumante o vino espumoso" y "champenoise" por "de fermentación de botella".

Además, se suprime de nuestros productos las expresiones "Cognac", "Armagnac" y "Grapa", por estar reservadas a la comunidad Europea y se reemplaza la disposición sobre etiquetado de los productos afectos a la ley.

Esto, con el sentido de especificar las menciones obligatorias en las etiquetas y prohibir la inclusión en éstas de indicaciones geográficas, denominaciones de origen, expresiones tradicionales o menciones complementarias extranjeras protegidas, que Chile haya reconocido como tales en instrumentos internacionales.

También se disminuye el monto mínimo de las multas de modo que el rango comience en 1 unidad tributaria mensual, es decir unos $37 mil, lo que permitirá mayor flexibilidad de acuerdo al tipo y gravedad de la infracción.

Especial relevancia reviste para los productores nacionales del sector vitivinícola la implementación de estos acuerdos, ya que gran parte de su producción se exporta al mercado europeo.

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