• Los campings también deben cumplir normas de calidad y seguridad, dice el SERNAC décima región

Ante el incremento en el número de turistas que han ingresado a la Región de Los Lagos durante el 2009, el Director Regional de SERNAC, Juan Luis Añazco, llamó a los proveedores a atenderlos respetando los derechos establecidos en la Ley del Consumidor.

Añazco recordó que los consumidores nacionales y extranjeros, que contratan servicios turísticos tienen derecho a que se les cobre lo que corresponde y a que las empresas no hagan diferencias según su nacionalidad.

Ello, porque la Ley del Consumidor establece que la información sobre precios y productos debe ser entregada en forma veraz y oportuna, sin discriminaciones arbitrarias, así como las empresas tienen la obligación de respetar lo prometido.

Según las estadísticas de SERNATUR, durante enero del 2009 se registró un incremento del 8% en el número de turistas que visitan la Región de Los Lagos en relación al mismo período del año anterior y si se suman los ingresos por el paso fronterizo Cardenal Samoré, y aeropuerto el Tepual en ese período, se registra un total de 54 mil personas, mientras que los 27 cruceros que han recalado en la bahía de Puerto Montt han traído más de 33 mil pasajeros.

El llamado de SERNAC al trato justo por parte de los proveedores, también incluye a quienes tienen campings en la zona, pues esta forma de alojamiento debe cumplir con normas y condiciones especificas.

Al igual que en un hotel, en los campings todo lo que la empresa ofrezca en su publicidad, debe cumplirse y ser posible de comprobar. Por ejemplo, si el proveedor anuncia que el lugar está rodeado de bosques y lagos, pero nada de eso se cumple, se está cometiendo una infracción.

Asimismo, como parte del derecho del consumidor a la seguridad, el cliente debe exigir que el lugar cuente con las condiciones de higiene y no represente riesgo alguno para su salud. Por ello, SERNAC llamó a los visitantes a optar por los campings establecidos y que cuentan con los permisos municipales correspondientes.

Finalmente, Juan Luis Añazco llamó a turistas nacionales y extranjeros a estar atentos y recordar que, en caso de no cumplimiento de ofertas o condiciones pactadas, tienen derecho a recurrir a SERNAC para buscar una solución extrajudicial a través de la mediación o acudir directamente al juzgado de policía local sin patrocinio de abogado.

SI VA A ACAMPAR…

El reglamento sanitario establece ciertas obligaciones que sirven de guía para saber en qué fijarse:
- El campamento no debe estar ubicado cerca de basurales o focos de insalubridad
- Debe tener disponible agua para consumo y proveer de una llave por cada 4 sitios
- Debe disponer depósitos para las basuras
- Debe tener baños y duchas

- Los sitios, las instalaciones y los espacios de circulación de un camping deben mantenerse en perfectas condiciones de aseo e higiene, no debiendo existir al interior de éste, focos de proliferación o atracción de ratas, moscas, baratas, y otros vectores de interés sanitario.

PARA SU CONOCIMIENTO DE CAMPISTA EXPERTO

Todo campista debe saber que existe un reglamento sobre condiciones sanitarias mínimas de los campings o campamentos de turismo

En esta normativa se señala que corresponderá al Servicio de Salud en cuyo territorio esté ubicado el camping, otorgar la autorización sanitaria para el funcionamiento de estos recintos, la que será requisito previo para la otorgación de patentes por parte de la Municipalidad correspondiente.

- Los campings deberán estar ubicados en terrenos secos y a no menos de 500 metros de focos de insalubridad, entendiéndose por tales aquellos como: basurales, descarga de aguas servidas, etc.

- Deberán contar con abastecimiento de agua para consumo humano, particular o fiscal, aprobado por la autoridad sanitaria.

- Todo camping deberá contar con un sistema de recolección y de disposición final de aguas servidas aprobado por la autoridad sanitaria.

- El camping deberá disponer de un adecuado sistema de recolección y disposición final de basuras, aprobado por la autoridad sanitaria.

- Las instalaciones anexas tales como, establecimientos de alimentos, piscinas, etc., deberán cumplir con las disposiciones sanitarias vigentes.

- Todo camping deberá contar como mínimo con una dependencia donde se instalarán los servicios higiénicos y duchas, pudiendo anexar a ésta las instalaciones para el lavado de vajilla y el lavado de ropa.

- El camping contará para el consumo de agua potable de los usuarios, con al menos 1 llave por cada 4 sitios. El terreno base de la llave no deberá permitir la acumulación o escurrimiento de agua.

- En todo camping el lavado de vajilla y de ropa se efectuará en forma independiente, para lo cual el establecimiento deberá disponer de lavaplatos y lavaderos en razón de uno por cada ocho sitios. Las aguas provenientes del lavado de vajilla y de ropa deberán incorporarse al sistema de disposición final de aguas servidas. Por ende, no puede existir descarga directa a la ribera de lago o mar.

- Todo camping deberá contar con servicios higiénicos, separados para ambos sexos y ubicados de tal forma que permitan el fácil acceso de los usuarios.

Los artefactos deberán funcionar con arrastre de agua y la dotación mínima, por cada sexo, será de 1 W.C., 1 lavamanos y 1 ducha por cada 6 sitios.

En los servicios higiénicos para varones, el número de W.C. se podrá reemplazar en un 25% por urinarios.

Cuando se instalen lavamanos corridos o urinarios de pared se considerará una equivalencia de 0,5 metros por artefacto.

- Todos los artefactos de los servicios higiénicos deberán mantenerse en perfecto estado de limpieza y funcionamiento. Además, el recinto destinado a los servicios higiénicos deberá estar protegido del ingreso de vectores de interés sanitario.

- En cada sitio de un camping, en funcionamiento, deberá tenerse disponible para los usuarios un depósito para la basura, que podrá consistir en un recipiente con tapa, bolsas plásticas u otro sistema aceptado por la autoridad sanitaria.

- Los sitios, las instalaciones y los espacios de circulación de un camping deberán mantenerse en perfectas condiciones de aseo e higiene, no debiendo existir al interior de éste, focos de proliferación o atracción de ratas, moscas, baratas, y otros vectores de interés sanitario.

La administración de un camping deberá mantener en todo momento, en un lugar de fácil acceso para los usuarios, un botiquín adecuado para la atención de primeros auxilios

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