Aprueban que juzgado de Chaitén funcione provisionalmente en Futaleufú

Por 104 votos a favor, la Cámara aprobó el proyecto de ley del Gobierno que radica en la localidad de Futaleufú el Juzgado de Letras de Chaitén, mientras dure la catástrofe provocada por la erupción del volcán.

La iniciativa (boletín 6072), despachada al Senado a segundo trámite constitucional, dispone que el juzgado con asiento en la comuna de Chaitén, y que tiene jurisdicción en Chaitén, Futaleufú y Palena, tendrá provisionalmente su asiento en la comuna de Futaleufú, mientras dure la declaración de zona de catástrofe.

Durante este lapso, y para facilitar la aplicación expedita y oportuna de la justicia, el tribunal se constituirá y funcionará una vez al mes en la localidad de Ayacara; y una vez por semana, en las comunas de Palena y Santa Lucía.

Sin perjuicio de ello, los escritos de plazos que requieran presentar las partes en los días en que no se encuentre en funciones el tribunal en las localidades señaladas, podrán ser presentados ante el Oficial del Registro Civil competente, y, en su defecto, por algún otro medio que señale la Corte de Apelaciones correspondiente.

Traspaso de causas

Las causas civiles que se encuentren pendientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, serán traspasadas al Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, el que continuará conociéndolas hasta su total tramitación, salvo que las partes de común acuerdo o el solicitante, dentro de los primeros 15 días contados desde la referida entrada en vigencia, señalen expresamente ante el juzgado de letras de Chaitén, su voluntad de mantener dicho conocimiento en este último tribunal.

Asimismo, en las causas de familia y laborales que se encuentren pendientes a la fecha de entrada en vigencia de la futura ley, el tribunal competente para continuar conociendo del asunto, hasta su total tramitación, será el Juzgado correspondiente de la comuna de Puerto Montt, salvo que el demandante o solicitante, dentro de los primeros quince días contados desde la referida entrada en vigencia, señale expresamente, su voluntad de que la causa siga viéndose en el tribunal de Chaitén.

Plazos suspendidos

En los procedimientos tramitados ante el tribunal de Chaitén, los plazos, diligencias y actuaciones que al 2 de mayo de 2008 hayan comenzado a correr o se encuentren pendientes, se entenderán suspendidos desde la fecha mencionada y hasta veinte días después de la entrada en vigencia de esta ley.

Adicionalmente, se dispone que la facultad que poseen las Cortes de Apelaciones para permitir el funcionamiento de los tribunales del juicio oral fuera de las localidades en que se asientan, cuando existan dificultades de traslado, acceso físico o distancia, será ejercida por el juez de letras de Chaitén, en todas las causas penales en que se justifique, atendidas las especiales circunstancias que vive la jurisdicción.

Una vez que sea aprobada por el Congreso, la ley entrará en vigor 15 días después de su publicación en el Diario Oficial.

La catástrofe

A principios de mayo del año pasado, la provincia de Palena, en la Región de Aysén, sufrió una catástrofe natural producto de la repentina erupción del Volcán Chaitén, ubicado a pocos kilómetros de la ciudad del mismo nombre.

La erupción provocó daños de consideración, particularmente en la comuna de Chaitén, destruyendo sus edificaciones y predios, obligando a un millonario gasto del erario nacional para evacuar a los habitantes de la destruida ciudad.

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