Comisión de Familia inició debate sobre regulación de uniones de hecho
La posibilidad de regular los aspectos patrimoniales de la convivencia, teniendo a la vista cifras que indican que cada vez más niños en Chile nacen fuera de matrimonios legalmente constituidos, fue el tema que debatió la Comisión de Familia, que preside la diputada Isabel Allende.
De acuerdo a datos entregados por el Gobierno, sólo el 35% de los niños nacidos en el país durante el año pasado lo hicieron al amparo de un vínculo matrimonial. Es por ello que el Ejecutivo dio urgencia simple (30 días de plazo para su discusión) a un proyecto de ley, presentado por los diputados Ximena Vidal, Laura Soto, Adriana Muñoz, Enrique Accorsi, Ramón Farías y Carlos Montes, que establece una regulación a las uniones de hecho (boletín 4153).
La iniciativa comenzó a debatirse en la Comisión de Familia, en conjunto con otra moción (boletín 4187), de los diputados Germán Becker y Maximiano Errázuriz, que otorga a la comunidad formada por los convivientes, la propiedad de los bienes adquiridos bajo ciertas condiciones.
La Presidenta de la instancia, diputada Isabel Allende, resaltó que el tema de las uniones de hecho "es el tipo de tema que no podemos soslayar". Añadió que "es cierto que hoy existe la posibilidad del divorcio con disolución de vínculo, pero es cierto que existen muchísimas uniones de hecho; voluntarias o involuntarias. Lo concreto es que hay que regularlas, porque siempre queda una parte más débil, y generalmente le toca a las mujeres".
La parlamentaria recordó que como los aspectos patrimoniales en este tipo de convivencias no están regulados, ocurre que pese a que una pareja puede esta junta por muchos años, al morir uno de ellos, el primer cónyuge reclama los bienes. "Eso ha ocurrido así y ha habido dictámenes incluso de la Corte Suprema, a mi juicio bastante discutibles, pero uno los tiene que acatar, que dejan en desamparo a esa conviviente porque simplemente no está regulado".
Unión de parejas del mismo sexo
La diputada Allende expresó además que la en la próxima sesión el grupo parlamentario decidirá si se van a abordar sólo estas mociones, que regulan la unión entre hombres y mujeres, o si se analizará también una moción del diputado Marco Enríquez-Ominami, que regula las uniones entre personas del mismo sexo.
Añadió que los diputados consideran que hay que legislar basándose en la idea matriz de regular la unión de un hombre y una mujer, entonces no se puede enfrentar el tema de la convivencia entre dos personas de un mismo sexo. "Pero por cierto que se puede ver esa otra moción, pero será con posterioridad, no ahora en simultaneidad con la que estamos viendo", aclaró.
Por su parte, la Ministra del SERNAM, Laura Albornoz, señaló que "nosotros cumplimos el mandato programático (del Programa de Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet) y le pusimos urgencia a un proyecto de ley de la diputada Vidal. Se planteó un debate respecto de la pertinencia de regular solamente efectos patrimoniales o incorporar otro tipo de derechos y deberes, si debía incluir o no a las uniones homosexuales como lo han hecho otros proyectos de ley, o debía reducirse solo a las heterosexuales. Ese es un debate que se va a ir dando progresivamente".
Las mociones
La propuesta de los diputados Vidal, Muñoz, Soto, Accorsi, Farías y Montes regula la existencia, celebración, validez, y efectos de la unión de hecho, definiéndola como aquella formada por un hombre y una mujer que de manera libre, han decidido tener una vida en común, con un carácter de estabilidad y continuidad, con el objetivo de constituir una familia y cumpliendo los demás requisitos establecidos en la ley.
Esta unión se formalizará, en forma verbal o escrita, ante un notario y presentando dos testigos de que no hay impedimento para ella. Durante la vigencia de una unión de hecho existirá una comunidad respecto de los bienes comprados. Se presume que esos bienes no se pueden dividir por mitades, si en el acto de adquisición o de suscripción no se dispone algo distinto.
La división de las cosas comunes y las obligaciones y dere chos que de ella resulten se efectuará conforme a las reglas contempladas en el título X del Libro III del Código Civil, relativo a la partición de bienes.
En tanto, la iniciativa de los diputados Becker y Errázuriz, establece que si los cónyuges han estado separados de hecho durante más de cinco años y uno de ellos convive durante un período no inferior a tres años, contados a partir del momento en que se haya producido la separación, los bienes que adquiera el cónyuge separado ingresarán a la comunidad formada por él y su conviviente.
De acuerdo a datos entregados por el Gobierno, sólo el 35% de los niños nacidos en el país durante el año pasado lo hicieron al amparo de un vínculo matrimonial. Es por ello que el Ejecutivo dio urgencia simple (30 días de plazo para su discusión) a un proyecto de ley, presentado por los diputados Ximena Vidal, Laura Soto, Adriana Muñoz, Enrique Accorsi, Ramón Farías y Carlos Montes, que establece una regulación a las uniones de hecho (boletín 4153).
La iniciativa comenzó a debatirse en la Comisión de Familia, en conjunto con otra moción (boletín 4187), de los diputados Germán Becker y Maximiano Errázuriz, que otorga a la comunidad formada por los convivientes, la propiedad de los bienes adquiridos bajo ciertas condiciones.
La Presidenta de la instancia, diputada Isabel Allende, resaltó que el tema de las uniones de hecho "es el tipo de tema que no podemos soslayar". Añadió que "es cierto que hoy existe la posibilidad del divorcio con disolución de vínculo, pero es cierto que existen muchísimas uniones de hecho; voluntarias o involuntarias. Lo concreto es que hay que regularlas, porque siempre queda una parte más débil, y generalmente le toca a las mujeres".
La parlamentaria recordó que como los aspectos patrimoniales en este tipo de convivencias no están regulados, ocurre que pese a que una pareja puede esta junta por muchos años, al morir uno de ellos, el primer cónyuge reclama los bienes. "Eso ha ocurrido así y ha habido dictámenes incluso de la Corte Suprema, a mi juicio bastante discutibles, pero uno los tiene que acatar, que dejan en desamparo a esa conviviente porque simplemente no está regulado".
Unión de parejas del mismo sexo
La diputada Allende expresó además que la en la próxima sesión el grupo parlamentario decidirá si se van a abordar sólo estas mociones, que regulan la unión entre hombres y mujeres, o si se analizará también una moción del diputado Marco Enríquez-Ominami, que regula las uniones entre personas del mismo sexo.
Añadió que los diputados consideran que hay que legislar basándose en la idea matriz de regular la unión de un hombre y una mujer, entonces no se puede enfrentar el tema de la convivencia entre dos personas de un mismo sexo. "Pero por cierto que se puede ver esa otra moción, pero será con posterioridad, no ahora en simultaneidad con la que estamos viendo", aclaró.
Por su parte, la Ministra del SERNAM, Laura Albornoz, señaló que "nosotros cumplimos el mandato programático (del Programa de Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet) y le pusimos urgencia a un proyecto de ley de la diputada Vidal. Se planteó un debate respecto de la pertinencia de regular solamente efectos patrimoniales o incorporar otro tipo de derechos y deberes, si debía incluir o no a las uniones homosexuales como lo han hecho otros proyectos de ley, o debía reducirse solo a las heterosexuales. Ese es un debate que se va a ir dando progresivamente".
Las mociones
La propuesta de los diputados Vidal, Muñoz, Soto, Accorsi, Farías y Montes regula la existencia, celebración, validez, y efectos de la unión de hecho, definiéndola como aquella formada por un hombre y una mujer que de manera libre, han decidido tener una vida en común, con un carácter de estabilidad y continuidad, con el objetivo de constituir una familia y cumpliendo los demás requisitos establecidos en la ley.
Esta unión se formalizará, en forma verbal o escrita, ante un notario y presentando dos testigos de que no hay impedimento para ella. Durante la vigencia de una unión de hecho existirá una comunidad respecto de los bienes comprados. Se presume que esos bienes no se pueden dividir por mitades, si en el acto de adquisición o de suscripción no se dispone algo distinto.
La división de las cosas comunes y las obligaciones y dere chos que de ella resulten se efectuará conforme a las reglas contempladas en el título X del Libro III del Código Civil, relativo a la partición de bienes.
En tanto, la iniciativa de los diputados Becker y Errázuriz, establece que si los cónyuges han estado separados de hecho durante más de cinco años y uno de ellos convive durante un período no inferior a tres años, contados a partir del momento en que se haya producido la separación, los bienes que adquiera el cónyuge separado ingresarán a la comunidad formada por él y su conviviente.
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