Ingresan a trámite Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones al Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT)

El Gobierno ingresó ayer a trámite a la Cámara de Diputados el Segundo Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones al Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), suscrito entre los Gobiernos de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay. El documento fue suscrito en Montevideo el 16 de febrero de 2005.

El ATIT es el Convenio sobre Transporte Internacional Terrestre, suscrito en Montevideo el 1° de Enero de 1990, y es conocido como Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre. Se redactó en aplicación del artículo 14 del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI.

En el año 1994, los Estados Partes del ATIT adoptaron el Primer Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones, el que no fue suscrito por Chile.

De acuerdo al mensaje que acompaña el texto, “los países signatarios advirtieron que la clasificación de las infracciones, y el monto de las multas, no guardaban proporción con la naturaleza de las situaciones afectas a dicha normativa, evidenciándose resultados que significaban gravámenes para el transportista, que en algunos casos llegaba a significar para éste la pérdida del vehículo o la imposibilidad de continuar con su actividad”.

En consideración a esas razones, las Partes del Acuerdo ATIT estudiaron en el año 2004 modificaciones al Primer Protocolo Adicional, adoptando un nuevo Protocolo Adicional que tomó la denominación de Segundo Protocolo Adicional, que es el que la Cámara de Diputados analizará ahora en primer trámite constitucional

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