Servicio Electoral es partidario de aumentar funcionamiento de Juntas Inscriptoras hasta 30 días antes de elecciones

A lo menos 30 días requieren las Juntas Inscriptoras para actualizar los datos de los electores antes de una elección. Así lo informó el director del Servicio Electoral (Servel), Juan Ignacio García, a través de un oficio enviado al Ministerio del Interior, en el que se le consulta sobre la viabilidad de cerrar las Juntas Inscriptoras 10 días antes de una elección ordinaria y reabrirlas 10 días después.



Dicha idea está contenida en un proyecto de ley presentado por los senadores Soledad Alvear, Andrés Chadwick, Alberto Espina y José Antonio Gómez, para ampliar el período de funcionamiento de las Juntas Inscriptoras, pero la iniciativa fue declarada inadmisible por contener materias de iniciativa exclusiva de la Presidenta de la República.





De ahí que los senadores solicitaran formalmente al Ejecutivo que estudiara la posibilidad de enviar a trámite legislativo una iniciativa en esa línea. En virtud de ello, el Ministerio del Interior solicitó la opinión del director del Servicio Electoral.



En lo fundamental, el personero señala que en el evento de que no rigiera la inscripción automática para los próximos comicios "es razonable" pensar en disminuir el plazo que se mantienen cerradas las Juntas Inscriptoras, que en la actualidad debe suspender su funcionamiento 90 días antes de las elecciones, para retomarlo el primer día hábil del mes subsiguiente a la fecha en que el Tricel comunica el término del proceso de calificación de una elección.



PLAZO MÍNIMO



No obstante, el director del Servel explicó que el plazo propuesto por los senadores, de 10 días, resulta "muy reducido", pues a lo menos deberían considerarse 30 días para actualizar todos los antecedentes que se requiere para una elección.



El personero señaló que los plazos dependen fundamentalmente de lo que se extienda el período de calificación de una elección, lo que puede implicar la revisión en los libros de registros electorales por parte del Tribunal Calificador de Elecciones o de los Tribunales Electorales Regionales.



Asimismo, agrega que "la tendencia histórica del proceso de inscripciones desde el año 1925 a la fecha, indica que nuestra ciudadanía se inscribe mayoritariamente o cambia de inscripción electoral dentro de los últimos días antes del cierre y más aún en el último día previo al referido cierre se produce la inscripción más alta del período, que incluso es superior a la de los meses anteriores".



Si se aplicara el plazo establecido en el proyecto de los senadores, ocasionaría que en 10 días habría que procesar las inscripciones de miles de personas, con las dificultades físicas del traslado de los libros de registros y de la absoluta falta de información a los partidos y candidatos sobre las inscripciones realizadas.



Según García, la iniciativa sólo podría ser estudiada una vez que la inscripción electoral se encuentre dentro de un sistema computacional que permita el acceso inmediato de la información, acompañado por sufragio electrónico.



Por otra parte, el director del Servel señala que si la inscripción automática es aprobada y empieza a regir este año, la iniciativa de los senadores parece no justificarse, ya que la inscripción automática tal como está determinada en su primera etapa, no ha contemplado la existencia de Juntas Inscriptoras y establece plazos muy precisos para la elaboración del padrón electoral.








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