Vuelve a comisiones proyecto que protege a usuarios por robo de tarjetas de crédito y débito

La iniciativa, originada en varias mociones de diputados, establece que el emisor de tarjetas de crédito o débito, ya sea un banco, financiera o casa comercial, responderá en forma íntegra por las operaciones que se realicen, cuando haya tomado debido conocimiento de su hurto, robo o extravío.

El proyecto, aprobado en general por 96 votos, modifica la ley Nº 20.009, que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas. La propuesta retornó a la Comisión de Economía, por haber sido objeto de indicaciones

El texto dispone que la institución deberá proveer a su cliente de servicios de comunicación, de acceso gratuito durante las veinticuatro horas y todos los días del año, que permitan recibir y registrar los referidos avisos. Por el mismo medio de comunicación, el emisor deberá entregar al usuario un número o código de recepción del aviso, donde además conste fecha y hora.

Si el cliente no puede comunicarse por estos servicios de acceso gratuito, deberá concurrir a la unidad policial más cercana con el propósito de establecer la constancia o denuncia pertinente, la que servirá como aviso para todos los efectos legales.

Falsificaciones

En caso de falsificación de cualquier naturaleza de las tarjetas, el emisor deberá restituir en forma íntegra la suma defraudada, sin perjuicio de que pueda repetir en contra de quien resulte responsable de la comisión del hecho ilícito.

Una vez verificado el aviso, las tarjetas serán bloqueadas de inmediato por el emisor. Además, se establece que toda cláusula que busque eximir o atenuar la responsabilidad del emisor por operaciones realizadas por un tercero distinto al tarjetahabiente o usuario, cuando su tarjeta haya sido objeto de hurto, robo o extravío, se tendrá por no escrita.

Responsabilidad

El cliente no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas con posterioridad al aviso entregado al emisor, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda corresponder.

Dentro de las conductas constitutivas de delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito, débito y/o emitidas por empresas o sistema de transporte colectivo, se agregan la de falsificar este tipo de documentos emitidas por empresas o sistemas de transporte colectivo. Para estos efectos, se entenderá que constituye falsificación, entre otras, la extracción y copia no autorizada, por cualquier medio, de la información contenida en la banda magnética u otro elemento de una tarjeta.

También constituirá delito de fraude sustraer, a través de medios tecnológicos, de manera directa o indirecta, información necesaria para que terceros realicen operaciones de compra o de acceso al crédito o débito que corresponden exclusivamente al titular.

Cinco mociones

Esta iniciativa legal se originó en cinco mociones de diputados.

La primera de ellas (boletín 5378), de los diputados Guillermo Ceroni, Gonzalo Duarte, Rodrigo González, Jorge Insunza, Antonio Leal, José Pérez, Fulvio Rossi, Eugenio Tuma, Esteban Valenzuela y María Antonieta Saa, busca garantizar la seguridad de las operaciones y establece la obligación de los proveedores en las venta con tarjetas de crédito o débito, de contar con un sistema biométrico dactilar de verificación de identidad del cliente.

La segunda (boletín 5542) fue presentada por los diputados Pedro Araya, Marcelo Díaz, Jaime Mulet, Sergio Ojeda, Carlos Olivares, Jorge Sabag, Mario Venegas, Carolina Goic y Alejandra Sepúlveda. El texto modifica la ley N° 20.009, en materia de responsabilidad por el uso indebido de tarjetas de crédito.

La tercera (boletín 5542) fue presentada por los diputados Marcelo Díaz, Pablo Galilea, Joaquín Godoy, Carlos Abel Jarpa, Tucapel Jiménez, José Miguel Ortiz y Eugenio Tuma. La iniciativa modifica la Ley N° 20.009, con el objeto de ampliar las normas aplicables a las tarjetas de crédito y los límites de responsabilidad en casos de delitos que afecten a sus titulares.

En cuarto lugar está la moción (boletín 5558) de los diputados Alfonso De Urresti, Marcelo Díaz, Álvaro Escobar, Joaquín Godoy, Tucapel Jiménez, Raúl Sunico y Eugenio Tuma, que modifica la ley N° 20.009, aumentando los grados de responsabilidad de los emisores de tarjetas de crédito o débito.

Finalmente, la última moción (boletín 5868) pertenece a los diputados Francisco Encina, Marco Enríquez-Ominami, Tucapel Jiménez, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Clemira Pacheco y Denise Pascal, que modifica la ley N° 20.009, con el objeto de establecer normas preventivas y de seguridad en las operaciones de compra efectuadas con tarjetas de crédito.

El estudio en particular del proyecto de ley, que refundió las cinco mociones, se discutirá en la Comisión de Economía de la Cámara.

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