Comisión de Constitución aprobó en general proyecto que regula sufragio voluntario y voto de chilenos en el extranjero
En forma unánime, la Comisión de Constitución del Senado aprobó la idea de legislar sobre el proyecto que regula la inscripción automática, el sufragio voluntario y el voto de los chilenos en el extranjero, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de ser discutida en general por la Sala de la Cámara Alta.
Según explicó el presidente de esa instancia legislativa, senador Alberto Espina, la Comisión votó en general el proyecto que cumple su primer trámite, a objeto de no retrasar su tramitación.
Consultado respecto de si se abordaron temas específicos como el voto de los chilenos en el extranjero, el legislador señaló que ello se analizará cuando corresponda hacer la discusión en particular de la iniciativa.
Cabe recordar que el proyecto en trámite, da cuerpo a la reforma constitucional que consagró en la Carta Fundamental, la inscripción automática y el voto voluntario.
En lo fundamental, la iniciativa señala que la inscripción será automática y que no se permitirá la desafiliación.
Habrá un solo registro electoral, de carácter nacional, y no varios libros de registro como sucede actualmente, y en él se incorporarán todos los chilenos nacidos en el país mayores de 17 años, los extranjeros nacionalizados chilenos, los nacidos en el extranjero de padre o madre chileno, los nacionalizados por gracia y los extranjeros que tengan derecho a voto.
No obstante, los chilenos nacidos en el extranjero deben cumplir con la norma establecida en la Constitución, que les exige haber vivido en Chile por lo menos un año.
AMPLIAR PLAZO INSCRIPCIÓN
Asimismo, la iniciativa reemplaza las actuales Juntas Inscriptoras por Juntas de Actualización, que serán las encargadas de recibir las solicitudes de cambio de domicilio y recibir las solicitudes de certificación de avecindamiento.
Los electores votarán en la circunscripción que corresponda a su domicilio electoral y para los antiguos inscritos se respetará el domicilio que aparece en los actuales registros. Para saber la circunscripción en donde deben votar, se puede consultar en el sitio web del Servicio Electoral.
También se regula la votación de los chilenos en el exterior sólo para las elecciones presidenciales y plebiscitos y para ello establece que el domicilio electoral se indicará ante el Consulado respectivo.
En cada Consulado se crearán Juntas Electorales en el Extranjero, las que, junto con cumplir las funciones que le son propias, harán las veces de Juntas de Actualización. Estarán constituidas por el Cónsul, quien la presidirá y otro funcionario del Servicio Exterior, quien tendrá la función de secretario.
Según explicó el senador Espina, en la sesión de hoy se acoró que el gobierno patrocinará una moción de un grupo de senadores para acotar el plazo de cierre de las inscripciones en los registros electorales.
Actualmente tales registros cierran 90 días antes de la elección y la iniciativa propone cerrarlos 60 días antes "con lo cual se extiende 30 días más el plazo para que la gente pueda inscribirse".
Agregó que también se está evaluando la posibilidad de que el Servicio Electoral abra juntas inscriptoras transitorias en lugares de alta concurrencia.
Según explicó el presidente de esa instancia legislativa, senador Alberto Espina, la Comisión votó en general el proyecto que cumple su primer trámite, a objeto de no retrasar su tramitación.
Consultado respecto de si se abordaron temas específicos como el voto de los chilenos en el extranjero, el legislador señaló que ello se analizará cuando corresponda hacer la discusión en particular de la iniciativa.
Cabe recordar que el proyecto en trámite, da cuerpo a la reforma constitucional que consagró en la Carta Fundamental, la inscripción automática y el voto voluntario.
En lo fundamental, la iniciativa señala que la inscripción será automática y que no se permitirá la desafiliación.
Habrá un solo registro electoral, de carácter nacional, y no varios libros de registro como sucede actualmente, y en él se incorporarán todos los chilenos nacidos en el país mayores de 17 años, los extranjeros nacionalizados chilenos, los nacidos en el extranjero de padre o madre chileno, los nacionalizados por gracia y los extranjeros que tengan derecho a voto.
No obstante, los chilenos nacidos en el extranjero deben cumplir con la norma establecida en la Constitución, que les exige haber vivido en Chile por lo menos un año.
AMPLIAR PLAZO INSCRIPCIÓN
Asimismo, la iniciativa reemplaza las actuales Juntas Inscriptoras por Juntas de Actualización, que serán las encargadas de recibir las solicitudes de cambio de domicilio y recibir las solicitudes de certificación de avecindamiento.
Los electores votarán en la circunscripción que corresponda a su domicilio electoral y para los antiguos inscritos se respetará el domicilio que aparece en los actuales registros. Para saber la circunscripción en donde deben votar, se puede consultar en el sitio web del Servicio Electoral.
También se regula la votación de los chilenos en el exterior sólo para las elecciones presidenciales y plebiscitos y para ello establece que el domicilio electoral se indicará ante el Consulado respectivo.
En cada Consulado se crearán Juntas Electorales en el Extranjero, las que, junto con cumplir las funciones que le son propias, harán las veces de Juntas de Actualización. Estarán constituidas por el Cónsul, quien la presidirá y otro funcionario del Servicio Exterior, quien tendrá la función de secretario.
Según explicó el senador Espina, en la sesión de hoy se acoró que el gobierno patrocinará una moción de un grupo de senadores para acotar el plazo de cierre de las inscripciones en los registros electorales.
Actualmente tales registros cierran 90 días antes de la elección y la iniciativa propone cerrarlos 60 días antes "con lo cual se extiende 30 días más el plazo para que la gente pueda inscribirse".
Agregó que también se está evaluando la posibilidad de que el Servicio Electoral abra juntas inscriptoras transitorias en lugares de alta concurrencia.
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