Convenio internacional que obliga a ir destruyendo y levantando restos explosivos fue respaldado por la Comisión de RR.EE

En condiciones de ser votado por la Sala del Senado quedó el proyecto de acuerdo que obliga a los países a ir destruyendo y levantando todo lo que puedan ser desechos de armas y explosivos en situaciones de conflicto que quedan en cada uno de los territorios y que producen daño a la población civil.



Así lo afirmó el senador Jorge Pizarro, presidente de la Comisión de RR.EE, quien explicó que la iniciativa, en segundo trámite, fue aprobada en forma unánime porque
"la idea es ser capaces de poder levantar, marcar y delimitar la existencia de este tipo de armamento y explosivos para ir limpiándolos y procesándolos y terminar con el riesgo que significan para la población civil".



El senador Pizarro precisó que Chile no tiene restos explosivos de guerra pero sí tiene un problema de minas antipersonales y antitanques sembradas durante tiempo de paz y que actualmente están en proceso de ser levantadas. Asimismo, "tenemos problemas de municiones sin estallar producto de ejercicios militares, la mayoría de ellos en polígonos militares".



Aclaró que todos estos explosivos de origen militar están fuera del ámbito cubierto por el Protocolo - que se refiere a los restos que quedan con posterioridad a un conflicto-. No obstante lo anterior, el Ministerio de Defensa trabaja para solucionar estos problemas, y si bien la firma del Protocolo no significa a Chile adquirir compromisos específicos al respecto, permite participar de una comunidad de Estados que comparten una misma visión respecto de este problema humanitario.



El parlamentario señaló que "de este modo, Chile seguirá formando parte de comunidad internacional y de los Convenios que establecen que la seguridad debe primar en el uso de armamento convencionales sin que se generen daños a la población civil y que estén limitados solo a las fuerzas que están en combate y enfrentamiento".



Aclaró que este Convenio es complementario al que establece la remoción de minas antipersonales, de acuerdo al cual todos los países tienen la obligación de ir levantando estos elementos. Chile está cumpliendo gradualmente este cometido y creo que es un avance en el funcionamiento transparente y claro de nuestras Fuerzas Armadas".



En esa línea, el Protocolo tendrá efectos principalmente en el ámbito de la doctrina operacional de las Fuerzas Armadas, la que deberá ser revisada en conformidad con lo dispuesto por el acuerdo y significará también la necesidad de incorporar este nuevo instrumento como parte de la instrucción y educación del personal.



Sin embargo, la Fuerzas Armadas poseen las condiciones técnicas para cumplir con las exigencias de este Protocolo y que existe la política de limpiar y eliminar los restos explosivos que suelen quedar después de los ejercicios militares.



ANTECEDENTES DEL PROTOCOLO



Cabe señalar que según antecedentes publicados por la Revista Internacional de la Cruz Roja, cada año, miles de personas civiles resultan muertas o heridas a causa de los "restos explosivos de guerra". Se trata de obuses de artillería sin estallar, granadas de mano, morteros, municiones de racimo, cohetes, y otras municiones sin estallar que quedan esparcidas después del término de un conflicto armado.



La presencia de estas armas, al igual que la de las minas antipersonales, tiene graves consecuencias para la población civil. Actualmente, unos 84 países de todas las regiones del mundo padecen de los nefastos efectos a largo plazo de dichos restos; entre los que se mencionan: Afganistán, Angola, Bosnia-Herzegovina, Camboya, Colombia, El Salvador, Federación de Rusia (Chechenia), Guatemala, Honduras, Irak, Laos, Nepal, Nicaragua, Panamá, Sri Lanka y las zonas fronterizas de Eritrea y Etiopía.



Por estas razones, el Protocolo se aplicará a los restos explosivos de guerra en el territorio de las Partes Contratantes y su finalidad es reducir al mínimo los riesgos y efectos de los restos después de los conflictos.



En las definiciones, se indica que debe entenderse por artefactos explosivos, artefactos sin estallar, artefactos explosivos abandonados, restos explosivos de guerra y restos explosivos de guerra existentes.



Se regula además la limpieza, remoción o destrucción de los restos explosivos de guerra, como la cooperación del usuario de los restos cuando no ejerce el control del territorio y la señalización y la limpieza, remoción o destrucción de los restos explosivos de guerra en los territorios afectados bajo su control.



Asimismo se establece un registro de mantención y transmisión de información sobre el empleo o el abandono de artefactos explosivos para facilitar la rápida señalización y destrucción de los restos explosivos de guerra, y el suministro de la información a la parte que ejerza el control del territorio y a la población civil.

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