Facilitarán el cierre o cancelación de las tarjetas de crédito y cuentas corrientes

Pese a que se trata de los productos más usados en el mercado financiero, al momento de cerrar una cuenta corriente o una tarjeta de crédito, los consumidores experimentan numerosos obstáculos por parte de las entidades bancarias que las proveen.



Por estas razones, los senadores Carlos Ominami y Jaime Naranjo presentaron una moción que apunta a que "las entidades financieras respeten la voluntad unilateral de los clientes, sin obstruirla, ni menos imponer cobros inexistentes o difusos". La iniciativa será analizada por la Comisión de Economía.



Los parlamentarios indicaron que "durante la presente década el sistema financiero ha tenido un gran desarrollo y auge, que se ha traducido en nuevas tecnologías asociadas a la oferta de nuevos productos intangibles y a nuevas formas de pago, permitiendo una expansión del mercado de productos financieros y bancarios a los diversos sectores de la sociedad".



Sin embargo, explicaron que "en la Superintendencia de Bancos se reciben periódicamente reclamos de clientes de instituciones financieras relativas a los obstáculos en el cierre de cuentas o para el término de determinados servicios".



Agregaron que "las situaciones más frecuentes dicen relación con la falta de información oportuna sobre las razones que pueden impedir la atención inmediata de la solicitud de cierre que los clientes formulen, con el retardo con que esta se cumple y también con los eventuales cobros, comisiones, gastos u otras sumas adeudadas y en que medida, éstos, pueden impedir el cierre de una cuenta".



Los parlamentarios autores de la moción puntualizaron que "en el caso de cierre de cuentas corrientes, la demora del banco para poner término a la cuenta, opera simplemente dilatando ese proceso o condicionándolo al pago previo de las deudas que se tengan con la entidad financiera".



También es habitual, que una vez solicitado el cierre de la cuenta o retirado el saldo que se mantenía en ella, se le cargan gastos o comisiones de diversa índole, generando las consiguientes sobregiros y eventualmente su información a bases públicas de registros de deudores.



Aseguraron que "las situaciones antes descritas no tienen ningún respaldo desde el punto de vista legal, toda vez que los contratos de cuenta corriente pueden ponerse término unilateralmente, por lo tanto se está afectando directamente a la voluntad de los clientes, en términos de no perseverar en el contrato".



Por estas razones, este proyecto busca establecer normas que regulen el procedimiento de cierre de una cuenta corriente, asegurando garantía mínimas de transparencia, rapidez y eficacia, en aras de evitar situaciones molestas a los clientes, y gastos indeterminados, e innecesarios. Lo anterior se traducirá en que las entidades bancarias y financieras deban adecuar los contratos de cuenta corriente a estos nuevos parámetros.



TARJETAS DE CRÉDITO



Los senadores Ominami y Naranjo afirmaron que en materia de tarjetas de crédito, tanto bancaria como no bancaria, están afectas a una regulación uniforme, constituida, principalmente por el Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile.



No obstante, "dicha normativa no contempla ninguna disposición destinada a regular el cierre de las tarjetas de crédito. La única norma que indirectamente se refiere a tal situación, es la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras".



De este modo, estos contratos contemplan la posibilidad de los titulares de poner término a la línea de crédito asociada a la tarjeta en cualquier tiempo, mediante aviso escrito dirigido al emisor. Sin embargo, frente a este caso, generalmente se faculta al emisor para cobrar el total adeudado sin más tramite.



La SBIF, mediante la circular 3408 de 22 de octubre de 2007, haciéndose cargo de esta nueva realidad, ha dado pautas e instrucciones a seguir para proceder al cierre de una tarjeta de crédito, en las que se consideran los siguientes paso básicos: solicitud formal, plazo breve, destrucción de los plásticos, informe detallado y completo del estado de la línea de crédito y las operaciones realizadas con la tarjeta.



Pese a ello, los parlamentarios proponen además un sistema que permita a los usuarios pagar sus créditos y los montos adeudados, sin que estos impidan al cierre de una tarjeta; por tanto frente a la solicitud de cierre de las tarjetas y el consecuencial término de la línea de crédito asociada a las mismas, el emisor podrá otorgar al titular de la tarjeta, un crédito a plazo, en condiciones de mercado destinado a pagar lo adeudado en la línea de crédito.



Con ello -dijeron- se evitaría la generación de constantes y sucesivos cobros por comisiones, multas e intereses, respecto de tarjetas no utilizadas por los titulares y cuyo cierre no se puede concretar por no contar, los titulares, con los recursos necesarios para pagar de una sola vez el monto total del saldo adeudado.


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