Moción facilita postulación de candidaturas independientes a cargos de representación popular
El proyecto propone que las firmas de patrocinantes sean certificadas por un notario u a falta de él por un oficial de Registro Civil, a diferencia de lo que sucede actualmente, en que los patrocinantes deben firmar ante un notario.
La iniciativa (boletín 6563), fue presentada por los diputados Maximiano Errázuriz (Ind.), René Alinco (PPD), Francisco Encina (PS), Pablo Lorenzini (DC), Jaime Mulet (PRI), Jorge Ulloa (UDI) y Samuel Venegas (PRSD), y será estudiada por la Comisión de Gobierno Interior.
En los fundamentos se indica que la Constitución garantiza, en su artículo 18, la plena igualdad entre independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los procesos electorales.
Los autores añaden que “en la práctica, al exigir la ley que los patrocinantes de candidaturas independientes a cargos de representación popular deban FIRMAR ante un notario, no permitiendo que el notario se limite a certificar las firmas, está dificultándose la participación de independientes con infracción a la normativa constitucional”.
Por ello, el proyecto propuesto establece que las firmas de patrocinantes de candidaturas independientes a cargos de representación popular serán válidas si son autorizadas por un notario o un oficial del Servicio de Registro Civil, si no hubiera notario en la respectiva localidad.
La iniciativa (boletín 6563), fue presentada por los diputados Maximiano Errázuriz (Ind.), René Alinco (PPD), Francisco Encina (PS), Pablo Lorenzini (DC), Jaime Mulet (PRI), Jorge Ulloa (UDI) y Samuel Venegas (PRSD), y será estudiada por la Comisión de Gobierno Interior.
En los fundamentos se indica que la Constitución garantiza, en su artículo 18, la plena igualdad entre independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los procesos electorales.
Los autores añaden que “en la práctica, al exigir la ley que los patrocinantes de candidaturas independientes a cargos de representación popular deban FIRMAR ante un notario, no permitiendo que el notario se limite a certificar las firmas, está dificultándose la participación de independientes con infracción a la normativa constitucional”.
Por ello, el proyecto propuesto establece que las firmas de patrocinantes de candidaturas independientes a cargos de representación popular serán válidas si son autorizadas por un notario o un oficial del Servicio de Registro Civil, si no hubiera notario en la respectiva localidad.
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