Piden aumentar las penas a las empresas que alteren de manera fraudulenta los precios

Mediante un proyecto de ley, se plantea aumentar las penas y las multas que hoy en día se establecen en el Código Penal a quienes se coluden para aumentar los precios de productos y servicios o tengan participación en la concentración de mercado.

El proyecto (boletín 6548) sostiene que en nuestro país la concentración de riquezas está presente en diversas áreas, como en el rubro farmacéutico, que ha quedado en manos de tres grandes cadenas que cubren 93% del mercado. Igual ha sucedido con el negocio de las multitiendas, malls y retails, manejados por seis consorcios, mientras que el sistema de AFP es manejado por seis compañías.

La fijación de precios por parte de una empresa con poder de mercado está determinada por una serie de factores, uno de ellos es justamente el grado de concentración del mercado, es decir, si la empresa tiene una participación alta o baja en las ventas totales del mercado en cuestión.

"Las grandes empresas y los grandes grupos económicos, hoy copan un espacio y marginan del desarrollo y de las posibilidades de crecimiento a las pequeñas y medianas empresas y son protagonistas de abusos hacia los consumidores", agrega la moción.

Sin embargo, la legislación actual establece penas bajas para aquellos que alteren de forma fraudulenta los precios. De esta forma, en nuestro Código Penal, se sanciona con reclusión menor en sus grados mínimo a medio (de 61 días a 3 años), “sanción que consideramos insuficiente dada la gravedad de la práctica y la alta concentración del mercado”, señalan los autores del proyecto.

Además se considera que estas prácticas pueden ser replicadas en todos los sectores de la economía, pero con mayores repercusiones en los casos en que existe un alto grado de concentración del mercado, por lo que se entiende que es urgente y necesario modificar el Código Penal a fin de establecer sanciones efectivas a tales conductas.

De este modo, la iniciativa determina que aquellos que por medios fraudulentos consiguieren alterar el precio natural del trabajo, de los géneros o mercaderías, acciones, rentas públicas o privadas o de otras cosas que sean objeto de contratación, sufrirán las penas de reclusión menor en sus grados medio a máximo (de 541 días a 5 años) y una multa de seis a diez UTM (de $220.092 a $366.820).

La moción fue presentada por los diputados independientes Álvaro Escobar, Jaime Mulet, Carlos Olivares y Alejandra Sepúlveda y por el diputado PPD Jaime Quintana y será analizada por la Comisión de Constitución.

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