Diputados aprueban ley que instala tribunal de Chaitén en Futaleufú
Por 84 votos a favor y una abstención, la Sala de la Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto (Boletín 6072) que ordena instalar en Futaleufú el Juzgado de Letras de Chaitén, hasta el 31 de diciembre de 2012.
La vigencia del traslado hasta la fecha señalada fue el cambio que introdujo el Senado en el segundo trámite constitucional, además de señalar que la futura ley entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.
La norma, originada en el Ejecutivo a raíz de la catástrofe causada por la erupción del Volcán Chaitén, subraya que el tribunal funcionará una vez al mes en la localidad de Ayacara y una vez por semana en las localidades de Palena y Santa Lucía.
La futura ley señala que los escritos que requieran presentarse en los días que el tribunal no se encuentre en las localidades señaladas, podrán ser presentados ante el oficial del Registro Civil competente, o en su defecto por algún otro medio que señale la Corte de Apelaciones correspondiente.
Las causas civiles que se encuentren pendientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley serán traspasadas al Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, salvo que las partes decidan mantenerlas en el Tribunal de Chaitén. Lo mismo con las causas de familia y laborales que serán traspasadas al juzgado correspondiente.
La vigencia del traslado hasta la fecha señalada fue el cambio que introdujo el Senado en el segundo trámite constitucional, además de señalar que la futura ley entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.
La norma, originada en el Ejecutivo a raíz de la catástrofe causada por la erupción del Volcán Chaitén, subraya que el tribunal funcionará una vez al mes en la localidad de Ayacara y una vez por semana en las localidades de Palena y Santa Lucía.
La futura ley señala que los escritos que requieran presentarse en los días que el tribunal no se encuentre en las localidades señaladas, podrán ser presentados ante el oficial del Registro Civil competente, o en su defecto por algún otro medio que señale la Corte de Apelaciones correspondiente.
Las causas civiles que se encuentren pendientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley serán traspasadas al Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, salvo que las partes decidan mantenerlas en el Tribunal de Chaitén. Lo mismo con las causas de familia y laborales que serán traspasadas al juzgado correspondiente.
Comentarios