Diputados aprueban moción que cambia los jurados que eligen los Premios Nacionales

El proyecto de ley, despachado al Senado por unanimidad (67 votos), establece para cada premio un jurado distinto, pero asigna siempre al Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, y al Ministro de Educación, participación en aquellas áreas que se encuentran más vinculadas a sus respectivas competencias.

La iniciativa original se fundó en una moción (Boletín 3900) de los diputados Carlos Montes y Ximena Vidal, y de las ex diputadas Carolina Tohá y María Eugenia Mella.

El texto fue aprobado en general por la Cámara el 31 de julio de 2008, pero luego se solicitó un nuevo segundo informe, el que fue respaldado en la sesión de este jueves.

El nuevo informe incluye una indicación de los diputados Alfonso De Urresti, Andrés Egaña, Joaquín Godoy, Manuel Rojas y Patricio Vallespín, que establece la siguiente comisión de los jurados para las distintas especialidades de los Premios Nacionales:

a) Literatura: El Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, un académico designado por el Consejo de Rectores elegido entre las universidades que lo integran, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de la Lengua;

b) Periodismo: El Ministro de Educación, un representante del Consejo de Rectores elegido entre las universidades integrantes que impartan la carrera de Periodismo, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado y el Presidente del Instituto de Chile;

c) Ciencias Exactas: El Ministro de Educación, un académico designado por el Consejo de Rectores elegido entre las universidades integrantes que impartan licenciatura en el área respectiva, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de Ciencias;

d) Ciencias Naturales: El Ministro de Educación, un académico designado por el Consejo de Rectores, elegido entre las universidades integrantes que impartan licenciatura en el área respectiva, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de Ciencias;

e) Ciencias Aplicadas y Tecnológicas: El Ministro de Educación, un académico designado por el Consejo de Rectores, elegido entre las universidades que lo integran, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y el Presidente de la Comisión Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas;

f) Historia: El Ministro de Educación, un académico designado por el Consejo de Rectores, elegido entre las universidades integrantes que impartan dicha licenciatura, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de la Historia;

g) Ciencias de la Educación: El Ministro de Educación, dos académicos designados por el Consejo de Rectores elegidos entre las universidades integrantes que otorguen licenciatura en Ciencias de la Educación, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, y el último galardonado;

h) Artes Plásticas: El Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, un académico designado por el Consejo de Rectores elegido entre las universidades que lo integran, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de Bellas Artes;

i) Artes Musicales: El Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, un académico designado por el Consejo de Rectores elegido entre las universidades que lo integran, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de Bellas Artes;

j) Artes de la Representación y Audiovisuales: El Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, un académico designado por el Consejo de Rectores elegido entre las universidades que lo integran, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia Chilena de Bellas Artes, y

k) Humanidades y Ciencias Sociales: El Ministro de Educación, un académico designado por el Consejo de Rectores elegido entre las universidades integrantes que otorguen licenciatura en el área respectiva, un académico propuesto por los rectores de las universidades privadas autónomas y acreditadas del país, que impartan la disciplina objeto del premio, el último galardonado, y un representante de la Academia de Ciencias Sociales.

La iniciativa legal señala que los jurados que designen el Consejo de Rectores, los rectores de las universidades privadas y las respectivas academias e instituciones mencionadas, “serán personas de relevante trayectoria y conocimiento en el campo sobre el cual deberán discernir”.

Añade que el Ministro y el Presidente del Consejo de las Artes podrán delegar su representación en los jurados.

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