Seguro de Invalidez

¿Cuándo un trabajador está cubierto por el seguro de invalidez y sobrevivencia?


El Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la décima región, Fernando España, señaló que “con la Reforma Previsional, a partir del 1 de julio de 2009 y en forma gradual, se establece que el pago por Seguro de Invalidez y Sobrevivencia ya no será más de cargo del trabajador, sino que será el empleador quien deberá financiarlo para cada uno de sus trabajadores contratados, primero en empresas que tengan más de 100 de trabajadores y el próximo año todos los trabajadores contratados serán beneficiados”, sostuvo la autoridad.


Para el trabajador dependiente si declara invalidez o fallece, esté o no su empleador al día en el pago de las cotizaciones, tendrá este beneficio o también si el trabajador dependiente que hubieren dejado de prestar servicios, por término o suspensión de éstos, cuyo fallecimiento o declaración de invalidez se produce dentro del plazo de doce meses contado desde el último día del mes en que haya dejado de prestar servicios o éstos hayan sido suspendidos, y además, registren, como mínimo, seis meses de cotizaciones en el año anterior, igualmente cumple con los requisitos para este beneficio.


En el caso de los trabajadores independientes o voluntarios para obtener este beneficio, es necesario que haya cotizado en el mes calendario anterior a su muerte o declaración de invalidez conforme a un primer o único dictamen.

Beneficios especiales para las mujeres

Según Fernando España, esta iniciativa además va beneficiar en forma directa a las mujeres. “Las mujeres pagan actualmente un mayor valor del que les correspondería de acuerdo a su siniestralidad por la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS). Ese mayor valor se les devolverá depositándolo en su cuenta individual en forma de cotización, mejorando el monto de su pensión final”, agregó.

Además el SEREMI recalcó la importancia que tiene este beneficio para todos los trabajadores, medida que está dentro de las iniciativas de la Reforma Previsional, “Se iguala en 65 años la edad máxima de cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia para hombres y mujeres, dado que con anterioridad a la Reforma Previsional, las mujeres estaban cubiertas por este seguro sólo hasta los 60 años, aunque continuaran su actividad laboral”, precisó.

“Los trabajadores que participan en una empresa con más de 100 trabajadores verán un aumento en sus remuneraciones debido a la eliminación del descuento por el cobro del seguro mientras que los empleados de empresas con menos de 100 trabajadores seguirán costeando el seguro hasta el 2011”, concluyó.

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