Tratado de integración entre los temas que debatirá Grupo Binacional Chileno Argentino

Los diputados Osvaldo Palma (RN) y Eduardo Saffirio (DC) asistieron junto a la comitiva ministerial a Buenos Aires, para acordar la agenda de la 16ª reunión del Grupo Binancional chileno argentino. Uno de los puntos más relevantes es el Tratado de Integración, complementario al Tratado de Paz y Amistad de 1984, que determinó la fijación del límite entre las dos naciones desde el Canal de Beagle hasta el Cabo de Hornos

El nuevo tratado buscará dar las pautas globales para los numerosos capítulos en que se traduce la integración bilateral. El encuentro del Grupo Binacional se realizará los días 31 de agosto y 1 de septiembre en nuestro país, y esta reunión de preparación se generó en el marco de la segunda reunión de gabinetes de gobierno de ambos países, celebrada en Buenos Aires este jueves.

Entre los temas de la agenda parlamentaria, se mencionaron también el control migratorio con tarjeta vecinal; la preparación del Bicentenario; la profundización en los avances hacia la integración física y la implementación de los controles integrados de frontera pendientes, en el marco de la integración regional.

También se abordará la búsqueda de mecanismos tendientes a la complementación e integración económica para el ingreso a terceros mercados en forma conjunta; la conmemoración de los 50 años de la firma del Tratado Antártico; la preparación de la primera semana cultural argentina-chilena; y el tema de las catástrofes naturales y por acción del hombre.

Convenio de Seguridad Social entre Chile y Argentina

En la reunión también se celebró el avance en la tramitación en Argentina del Convenio de Seguridad Social, herramienta que ya fue aprobada en Chile en 1997, pero que tuvo una tramitación dificultosa en el Congreso trasandino, pero que culminará prontamente.

El acuerdo beneficiará a unos 500 mil chilenos que tienen años de trabajo en el vecino país y a cerca de 60 mil ciudadanos argentinos que se han incorporado a la fuerza laboral en territorio chileno.

El Convenio permite que una empresa, con domicilio en uno de los países, pueda enviar trabajadores a prestar servicios al otro Estado, los que podrán eximirse temporalmente del pago de las cotizaciones en este último país, pues están afectos a la legislación previsional del país en que tiene su sede la empresa que los envía, siempre que tales trabajadores sean profesionales o técnicos y que justifiquen tal desplazamiento y exención.

En el caso de los trabajadores independientes que se trasladen al otro Estado a desempeñar una actividad autónoma, se exige que se encuentren asegurados en su país de origen, de manera de contar con la protección debida en caso de sufrir algún accidente o enfermedad.

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