Elecciones parlamentarias

¿Cada cuánto se realizan?
Cada cuatro años conjuntamente con la elección de Presidente de la República. La elección debe realizarse el 11 de diciembre o el domingo inmediatamente siguiente del año que corresponda.


¿Qué cargos se eligen en cada elección?
Se eligen diputados y senadores en el mismo día.

Los diputados duran cuatro años en sus cargos, por lo que se renueva completamente, sin descartar que quienes están ejerciendo los cargos puedan presentarse a la reelección.

Los senadores duran ocho años y se renuevan por parcialidades cada vez: en una elección los que representan a las regiones I, III, V, VII, IX, XI y XV; cuatro años después, les corresponde a los senadores de la II, IV, VI, VIII, X, XII, XIV y Metropolitana.


¿Cuántos candidatos se presentan?
Pueden competir todas las personas que cumplan con los requisitos que la Constitución Política y la ley exigen para ser candidato y ejercer los cargos de diputado y senador, por lo que el número de candidatos varía en cada elección.

En todo caso los partidos políticos o los pactos electorales pueden presentar hasta un máximo de dos candidatos a diputados por distrito y dos candidatos a senador por circunscripción senatorial.


¿Qué requisitos existen para ser diputado?

Ser ciudadano con derecho a sufragio.
Tener cumplidos 21 años de edad.
Haber cursado la enseñanza media o equivalente.
Tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.

¿Qué requisitos existen para ser senador?

Ser ciudadano con derecho a sufragio.
Haber cursado la enseñanza media o equivalente.
Tener cumplidos 35 años de edad el día de la elección.

¿Qué requisitos específicos existen además para ser candidato?
Si el candidato pertenece a un partido político o lista de partidos, basta con que la misma colectividad lo inscriba como abanderado.

Si el candidato es independiente, no puede haber pertenecido a un partido por lo menos dos meses antes del cierre de inscripción de candidaturas, y contar con el patrocinio ciudadano (firmas) de por lo menos el 0,5% de los votantes de la última elección para diputados en el distrito o circunscripción (dependiendo de si postula a diputado o senador). De aquellos ciudadanos, los que pertenezcan a partidos políticos no pueden superar el 5%. Si el independiente es parte de una lista electoral no necesita de las firmas.


¿Quiénes no pueden ser candidatos a parlamentarios?

Ministros de Estado.
Intendentes, gobernadores, alcaldes, miembros de los consejos regionales, concejales y subsecretarios.
Miembros del Consejo del Banco Central.
Magistrados de los tribunales superiores de justicia y jueces de letras.
Miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales.
El Contralor General de la República
Personas que desempeñan un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal.
Personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado.
El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público.
Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
Para algunos de estos casos se establecen plazos mínimos en que deben haber dejado sus cargos antes de ser candidatos.


¿Cómo conocer a los candidatos?
El Servicio Electoral mantiene la lista oficial de candidatos a elecciones populares. También, por supuesto, puede informarse por la prensa y las campañas que cada candidato realiza.


¿Por cuántos candidatos puedo votar?
Sólo por uno para cada cargo. Se le entregará una papeleta de voto para elegir senador, y otra para diputado. Sólo puede marcar a un candidato en cada papeleta. Si marca más de uno, el voto se considerará nulo.


¿Cómo se define al ganador de la elección?
Se eligen dos senadores por circunscripción y dos diputados por distrito.

Los candidatos, tanto los que provienen de partidos políticos como los independientes, se agrupan en listas. El primer cargo lo ocupa el candidato que haya obtenido la mayor votación de la lista más votada. El segundo, el que haya obtenido la segunda mayoría. Sin embargo, cuando una lista alcance el mayor número de sufragios y tenga un total de votos que exceda el doble de los que obtenga la segunda lista más votada, ambos candidatos de esa lista obtienen los escaños.


¿Qué se necesita para votar por un parlamentario?
Los mismos requisitos que para cualquier otra elección popular: Ser mayor de 18 años al día de la votación, estar inscrito en los Registros Electorales, no haber sufrido una inhabilitación para votar, presentar la cédula de identidad al momento de votar y, en el caso de los extranjeros, llevar más de cinco años con residencia permanente en Chile.


¿Qué normas regulan las elecciones parlamentarias?
La Constitución Política de la República.

La Ley N° 18.556, título IV, Ley Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.

La Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.


fuente: Biblioteca del Congreso

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.