Cámara aprobó derecho de madres a sala cuna pese a que estén con licencia médica

El texto legal perfecciona el acceso a sala cuna para los hijos de mujeres trabajadoras, contenido en el artículo 203 del Código del Trabajo.

La Cámara aprobó el proyecto que permite a las mujeres trabajadoras que cuentan con el beneficio de sala cuna para los hijos menores de dos años, mantener este derecho aún cuando estén haciendo uso de licencia médica, descanso maternal o cualquier otro permiso legal que justifique la ausencia de su trabajo.
Así lo explicó el diputado del distrito 56 Carlos Recondo quien junto a otros parlamentarios presentó esta iniciativa. Para Recondo esta moción es muy importante ya que, " el beneficio permite a buena parte de las mujeres acceder al mundo del trabajo, pues le garantiza que su hija o hijo menor de dos años se encuentra al cuidado de profesionales calificados", comentó.
Sin embargo, la norma establece explícitamente que este beneficio sólo se aplica mientras la mujer se encuentra desempeñando sus funciones laborales, lo que a juicio del legislador puede ser perfeccionado en aras de otorgar una mayor cobertura a las mujeres trabajadoras y sus propios hijos.
Al respecto el diputado Carlos Recondo indicó que, el artículo 203 del Código del Trabajo establece que las mujeres deberán contar con espacios anexos pero independientes del lugar de trabajo para alimentar a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo.
Precisamente, dijo el parlamentario, el proyecto que pasará ahora al Senado, busca modificar el primer inciso del artículo 203 del Código del Trabajo, que señala que las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexas e independientes al local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo.
A esta disposición la indicación aprobada agrega la frase "o cuando estén haciendo uso de licencia médica, descanso de maternidad, o permiso, en virtud de causa legal que justifique la ausencia transitoria de su trabajo", permitiendo así contar con el beneficio aún cuando se ausenten de su puesto laboral por causas justificadas.
"Antes de esta propuesta" indica Carlos Recondo, se dejaba afuera del beneficio a las mujeres que se encuentran con licencias médicas o que solicitan permisos administrativos y que no pueden atender adecuadamente a sus hijos en su domicilio particular, pero ahora sí podrían llevarlos a las salas cunas mientras dure su permiso o licencia", concluyó.

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