Diputados: Moción permite a los electores sufragar con pasaporte vigente o con certificado del Servicio de Registro Civil

La medida se debe a que muchas veces los ciudadanos que acuden a emitir su voto no cuentan con su cédula de identidad, que es el único documento permitido por ley para sufragar. Así, considerando esta realidad, el texto legal permite también la utilización de estos otros documentos para tal efecto.

El proyecto de ley (boletín 6711) reconoce la obligación de todo ciudadano que esté inscrito en los registros electorales de votar en las elecciones de cualquier tipo, bajo pena de incurrir en un incumplimiento que le podría acarrear hasta el pago de una multa.

Por ello, señala el texto, “no es de extrañar la preocupación que puede producirse en los electores cuando extravían su cédula de identidad, único documento que le habilita para participar en los comicios”.

En efecto, el artículo 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios es claro al establecer que "el elector entregará al presidente de la mesa su cédula nacional de identidad o su cédula de identidad para extranjeros, dependiendo el caso, la que deberá estar vigente. Ningún pasaporte, certificado u otro documento podrá reemplazar a las referidas cédulas."

Sin embargo, los autores del proyecto consideran que los actuales pasaportes chilenos están confeccionados con modernas reglas de seguridad y permiten cumplir con el requisito que interesa al presidente de la mesa que es acreditar la identidad de elector. Lo mismo ocurre con el certificado emitido por el Registro Civil e Identificación.

A esto se suma el hecho de que en las últimas elecciones los jefes de local tenían la facultad discrecional de permitir el sufragio con la emisión del certificado consignado anteriormente.

Por estas razones, el proyecto de ley establece que el elector entregará al presidente de mesa su cédula nacional de identidad o su cédula de identidad para extranjeros, la que deberá estar vigente. Sin perjuicio de lo anterior, los electores podrán sufragar con pasaporte vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

De la misma forma, los votantes podrán sufragar también con el certificado emitido por la misma entidad en donde conste la emisión de una nueva cédula de identidad y contenga antecedentes tales como la firma, fotografía y huella dactilar del elector para permitir la acreditación de su identidad.

La iniciativa fue presentada por los diputados Eduardo Díaz (PRI), Marco Enríquez-Ominami (IND), Álvaro Escobar (IND), Guido Girardi (PPD), Tucapel Jiménez (PPD), Alejandra Sepúlveda (IND) y Esteban Valenzuela (IND) y será analizada por la Comisión de Gobierno interior.

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