diputado: Presentan proyecto que busca ampliar la participación ciudadana en los plebiscitos comunales

Presentan proyecto que busca ampliar la participación ciudadana en los plebiscitos comunales


Publicado el 03 de enero del 2011



El proyecto, elaborado por un grupo de diputados UDI, busca eliminar las restricciones establecidas en la ley para desarrollar plebiscitos comunales, recogiendo la importancia que tiene la opinión de la ciudadanía en las decisiones de sus autoridades.



El proyecto de ley (boletín 7323) fue presentado por los diputados UDI Giovanni Calderón, Javier Hernández, María José Hoffmann, Claudia Nogueira, David Sandoval, Arturo Squella, Marisol Turres, Jorge Ulloa, Enrique Van Rysselberghe y Carlos Vilches.



El texto legal reconoce el hecho de que los espacios de participación ciudadana tienen por objeto que las mayorías puedan decidir sobre los valores y objetivos prioritarios de las acciones de sus autoridades.



Actualmente la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades regula la celebración de plebiscitos comunales para decidir sobre inversiones específicas o la aprobación o modificación del plan de desarrollo comunal y otras materias de interés de la comunidad que sean de competencia municipal.



De acuerdo a la ley, el plebiscito puede ser convocado por el alcalde, por el concejo municipal o por la ciudadanía, dando cumplimiento a ciertas condiciones contempladas en la misma normativa.



Pese a ello, la citada ley establece tres hipótesis en que se prohíbe la convocatoria a plebiscito. La primera, impide la convocatoria dentro de los ocho meses anteriores a una elección popular y dentro de los dos meses siguientes a la celebración de la misma. La segunda, prohíbe la convocatoria a plebiscito dentro del mismo año en que se realizarán elecciones municipales y la tercera impide la celebración de plebiscitos comunales respecto de un mismo asunto más de una vez, durante el mismo periodo alcaldicio.



Según señalan los autores de la moción, estas restricciones no distinguen si la convocatoria a plebiscito es de iniciativa del alcalde, concejo municipal o la ciudadanía, de manera que en todas las hipótesis se impide la convocatoria cualquiera sea el sujeto legitimado para hacerla.



Por estos motivos, el proyecto de ley establece que dichas restricciones no se aplicarán cuando la convocatoria a plebiscito corresponda a iniciativa ciudadana.



La iniciativa será analizada por la Comisión de Gobierno Interior.

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