El ministro de Agricultura y la ministra del Trabajo, recibieron propuesta de modificaciones al Estatuto Laboral para el trabajador agrícola de temporada, que busca normar su labor y resguardar la calidad de vida de las personas que se dedican a este tipo de actividad.

El ministro de Agricultura, José Antonio Galilea, junto a la ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, recibieron esta mañana la propuesta de modificaciones al Estatuto Laboral para el trabajador agrícola de temporada, que busca normar su labor y resguardar la calidad de vida de las personas que se dedican a este tipo de actividad.



El acto fue el primero que realizó formalmente la ex senadora Matthei como ministra de Estado. En esa línea, ambos personeros compartieron su satisfacción porque la iniciativa, impulsada por la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), sea el resultado de un año de reuniones de estudio y discusión entre empresarios y trabajadores que conformaron la "Comisión Bilateral Nacional Agrícola Laboral y Social", en conjunto con la Mesa Frutícola y la Mesa Laboral Agrícola Tripartita.



El objetivo de estas reuniones era obtener una propuesta que reflejarala realidad del mundo agrícola y resguardara la calidad de vida de las personas que se dedican a este tipo de actividad económica, dado que el Código del Trabajo, en su capítulo dedicado a la agricultura, no entrega respuesta a las necesidades específicas que requiere el sector.



La propuesta, queestablece un estatuto laboral del trabajador agrícola de temporada y normas sobre pactos silvoagropecuarios de faena determinada, a juicio del Ministro de Agricultura "busca dar un giro a la manera en que se ha abordado la relación laboral entre trabajadores y empleador, incorporando un acuerdo conjunto sobre los que debieran ser los contenidos del contrato que mejor se ajuste al tipo de producción".



Asimismo, la autoridad del agro puntualizó que el documento "establece una serie de medidas que reconocen la diversidad del sector, adaptando la jornada de trabajo de temporada a los diferentes procesos productivos del país".



A sugerencia de ambos secretarios de Estado, los empresarios y trabajadores, más ambos ministerios representados por sus subsecretarios, se reunirán en tres semanas más para entregar una propuesta legislativa que tenga viabilidad parlamentaria.



La propuesta



A continuación se detallas algunos alcances de la propuesta:



Simplificación de la normativa del trabajador agrícola de temporada, eliminando el actual párrafo del Código del Trabajo para reemplazarlo por una norma que haga referencia sobre las siguientes materias:



Perfeccionar la definición en el Código del ramo, adaptándola con mayor efectividad a las características del trabajo que efectúa.



Introducir una presunción legal de contrato indefinido, en caso de que el trabajador agrícola de temporada complete más de diez meses trabajando para un mismo empleador en un período de doce meses.



Incorporar un sistema alternativo de registro electrónico de contratos de los trabajadores, dentro de un plazo de diez días desde su incorporación y administrado por la Dirección del Trabajo. Además de crear un Registro Público de Trabajadores Agrícolas de Temporada, administrado por la Dirección del Trabajo.



Disponer que los beneficios otorgados por el Estado, de Seguridad Social u otro de diverso tipo, que les corresponda recibir o que se encuentren actualmente percibiendo de acuerdo a la ley vigente, no se perderán por ejercer su trabajo de temporada.



Con respecto a la aplicación del Seguro Social de Enfermedades Profesionales y Accidentes del Trabajo, contabilizar tanto el tiempo de permanencia en el lugar donde desarrolla sus labores, como los traslados directos desde y hacia su lugar de trabajo.



Mantener las disposiciones actualmente vigentes del Código del Trabajo sobre los trabajadores agrícolas de temporada: traspaso al seguro de cesantía de los saldos de remuneraciones no pagadas; obligación de mantener condiciones mínimas de higiene, seguridad, transporte y alojamiento si es necesario; y regulación sobre el tratamiento de pesticidas.



Asimismo, se considera el establecimiento de un pacto firmado por agrupaciones de trabajadores de diversos tipos con el respectivo empleador. Estos pactos colectivos podrán celebrarse entre el empleador, por una parte, y por la otra, por organizaciones sindicales existentes en la empresa, o, a falta de éstos, por un grupo especialmente formado al efecto dentro de cada faena, siempre que involucre a la mitad más uno de ellos.



En este último caso, será representado el grupo negociador por un miembro o comisión, según sea el caso y que gozará de fuero mientras se encuentre vigente el pacto.



Mediante este mecanismo se regularán materias como: jornadas extraordinarias de trabajo, distribución de las jornadas ordinarias, descansos, control de asistencia, remuneraciones, bonos de producción, capacitación, vigencia del convenio, feriados legales, finalización de contratos y aplicación de normas de higiene, seguridad y demás condiciones de trabajo.



Finalmente se considera la introducción de normas de adecuación de la propuesta al Código del Trabajo.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Las 3 banderas de Chile

FALLECE ROY GARBER, UNO DE LOS PROTAGONISTAS DE LA SERIE “GUERRA DE ENVÍOS” EN A&E

Falleció hija de dos años de la periodista Mónica Rincón.Clara Galdames dejó de existir en horas de esta mañana, tras llevar días internada en la UTI por problemas al corazón. La niña había presentado complicaciones físicas desde su nacimiento.