Presentan proyecto para obligatoriedad de adoptar medidas de seguridad en discotecas y pubs

Presentan proyecto para obligatoriedad de adoptar medidas de seguridad en discotecas y pubs






Un estudio realizado por Bomberos y el Servicio de Salud Metropolitano, indica que la mayoría de los recintos destinados al entretenimiento nocturno tienen como principal característica ser lugares cerrados y desprovistos de medidas de seguridad.



Es por ello que un grupo de diputados, de distintas bancadas, presentaron un proyecto de ley tendiente a establecer la obligatoriedad de adoptar medidas de seguridad en discotecas y pubs.



Los parlamentarios reconocen que en Chile es evidente la falta de una legislación que proteja a las personas que concurren a discotecas, pubs, restoranes y cualquier otro tipo de local nocturno dedicado a la atención de público, en el que se expendan bebidas alcohólicas.



Asimismo, sostiene que un informe despachado por Bomberos de Chile y el Servicio de Salud Metropolitano, contiene un listado de las medidas mínimas de seguridad que debiesen cumplir este tipo de lugares. Entre las medidas a tomar destacan las vías de evacuación abiertas, sin candados, luces de emergencias, detectores de metales que eviten el ingreso de armas, pinturas antiinflamables y escaleras antideslizantes.



No obstante, con la legislación actual y sin la consolidación de los cambios que requiere, el Servicio de Salud no tiene la facultad para sancionar a los propietarios de locales cuya infraestructura carece de las mínimas medidas de seguridad mencionadas.



El texto legal presentado por los diputados señala que los dueños, administradores y representantes legales discotecas, pubs, restoranes y cualquier otro tipo de local nocturno dedicado a la atención de público y en el que se expendan bebidas alcohólicas, deberán adoptar las medidas mínimas de seguridad ya mencionadas, con el objeto de proteger la vida y la integridad física de quienes concurran a sus dependencias.



La falta de uno o cualquiera elemento de seguridad antes descrito, se sancionará con una multa de 50 U.T.M ($1.880.250) a favor del Fisco y presumirá la responsabilidad de los dueños, representantes legales y administradores de estos establecimientos ante la eventualidad de acaecer cualquier siniestro.



A su vez, en caso de que se cursen dos multas consecutivas en un período de 24 meses a cualquiera de los locales enunciados, el recinto en cuestión será clausurado hasta que se adopten las medidas de seguridad establecidas en este artículo.



El texto legal fue presentado por los diputados Lautaro Carmona (PC), Fuad Chahín (DC), Juan Lobos (UDI), Miodrag Marinovic (IND), Fernando Meza (PRSD), Cristián Monckeberg (RN), Leopoldo Pérez (RN), Karla Rubilar (RN), Víctor Torres (DC) y Pedro Velásquez (IND).


fuente: http://www.bomberos.cl/ 

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