Cámara de Diputados despacha proyecto que modifica plazos de renuncia a partidos políticos para presentar candidaturas independientes.La Comisión Mixta que buscaba resolver las diferencias surgidas entre ambas cámaras propuso extender de dos a nueve meses el periodo previo a las elecciones para desafiliarse de partidos políticos con el fin de presentar candidaturas independientes.

Cámara de Diputados despacha proyecto que modifica plazos de renuncia a partidos políticos para presentar candidaturas independientes
Publicado el 13 de abril del 2011

Con 80 votos a favor, 16 en contra y 2 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación al informe de la Comisión Mixta que buscaba resolver las diferencias surgidas entre ambas cámaras y para ello propuso extender de dos a nueve meses el periodo previo a las elecciones para desafiliarse de partidos políticos con el fin de presentar candidaturas independientes.

La iniciativa legal se originó en una moción de los senadores Camilo Escalona (PS), Pablo Longueira (UDI), Andrés Zaldívar (DC), Ricardo Lagos Weber (PPD) y José Antonio Gómez (PRSD), cuya idea matriz es ampliar de dos a nueve meses el plazo previo a la realización de un proceso electoral para desafiliarse de partidos políticos con el propósito de inscribir candidaturas independientes.

El proyecto modifica las leyes orgánicas de partidos políticos y de elecciones populares y escrutinios, por lo que su aprobación requería el quórum mínimo de 4/7 de los senadores y diputados en ejercicio.

El Senado aprobó en primer trámite un texto estructurado en un artículo único, que contenía dos numerales.

El número 1) modificaba el inciso cuarto del artículo 4° de la ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, que fija el requisito de plazo para ser incluido como candidato (salvo el caso de los independientes) de un partido político o de un pacto electoral. Para este efecto, el postulante deberá estar inscrito en el respectivo partido a los menos dos meses antes del vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas. La norma aprobada por el Senado ampliaba el plazo a nueve meses.

Por su parte, el numeral 2) del texto del Senado reemplazaba en el inciso final del artículo 4° (los candidatos independientes no podrán haber estado afiliados a un partido político dentro de los dos meses anteriores al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas) el guarismo “dos” por “nueve”.

En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados rechazó la idea de legislar respecto de este proyecto, por no alcanzar el quórum constitucional requerido, que, en este caso, era de 69 votos por tratarse de una norma orgánica constitucional. (El proyecto contó con el voto favorable de 67 señores Diputados; 12 por la negativa y 3 abstenciones).

Para resolver las divergencias entre ambas cámaras se formó una Comisión Mixta de integración paritaria de senadores y diputados, que propuso un texto que insiste en la reducción del plazo de nueve a dos meses e introduce otras correcciones formales al proyecto.

La propuesta de la Mixta ya había sido aprobada previamente por el Senado, de modo que la iniciativa debe ser remitida al Presidente de la República para su promulgación o la formulación de eventuales observaciones.

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