diputados: Ingresan proyecto que prohíbe construir colegios en zonas altamente contaminadas

Ingresan proyecto que prohíbe construir colegios en zonas altamente contaminadas
Publicado el 04 de mayo del 2011

La moción busca otorgar a los estudiantes y profesores las condiciones mínimas de desarrollo de la actividad educativa.

La iniciativa legal (boletín 7598) fue presentada por la diputada Andrea Molina y el diputado Edmundo Eluchans, ambos de la UDI.

En sus fundamentos, los autores señalan que la existencia en vastas zonas de nuestro país de asentamientos o ciudades con altos índices de contaminación provoca en sus habitantes diversos perjuicios en lo que atañe a la salud.

Hacen presente que en días recientes se ha visto como los habitantes del pueblo de La Greda, en la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, han sido afectados por una alta contaminación de arsénico, cobre y diferentes tipos de metales, donde los principales afectados han sido cientos de niños pertenecientes a la escuela de la zona, quienes tuvieron que dejar de asistir a clases por el grave problema de contaminación que existía en dicho recinto educacional.

Agregan que un entorno contaminado no ofrece en lo absoluto opciones para una correcta educación, situación que claramente atenta contra la igualdad de oportunidades en el sentido que un joven formado en un ambiente sano no es lo mismo que la educación de un joven en un entorno contaminado.

Precisan que la Ley General de Educación consagra en su artículo 5 como deber del Estado el promover la protección del patrimonio medio ambiental, y por tanto la educación, para cumplir con ciertos estándares de calidad, debe desenvolverse en un entorno acorde a la salud.

Los patrocinantes enfatizan que este proyecto de ley busca otorgarle a los estudiantes y profesores las condiciones mínimas de desarrollo de la actividad educativa, ya que en un ambiente contaminado las igualdades para la implementación de un proyecto educativo se ven menoscabadas.

La iniciativa es de artículo único y agrega un nuevo inciso final al artículo 46 de la Ley General de Educación, señalando que “no podrán establecerse establecimientos educacionales de ninguna especie en lugares que por su naturaleza, actividad económica u otra circunstancia fueran considerados dañinos para la salud de las personas”.

La moción quedó radicada para su análisis en la Comisión de Educación de la Cámara.

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