diputados: Ingresan proyecto que entrega facultades a los municipios para pavimentación de caminos rurales

Ingresan proyecto que entrega facultades a los municipios para pavimentación de caminos rurales
Publicado el 01 de junio del 2011

La moción, ingresada por diputados de diversas colectividades políticas, considera que existe dispersión y duplicidad de facultades en relación a esta materia, que no ayuda a la atención integral de la ciudadanía.

En la línea de evitar la burocracia y facilitar trámites de obras rurales, un grupo transversal de diputados, encabezados por Alejandra Sepúlveda (PRI), ingresó a trámite un proyecto (boletín 7649) que entrega facultades a los municipios para pavimentación de caminos rurales.

La propuesta, destinada a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio, fue iniciada el pasado 17 de mayo por la diputada Sepúlveda y su colega de partido, Pedro Araya, junto a los legisladores Carolina Goic (DC); Lautaro Carmona (PC); el Independiente Miodrag Marinovic; y los RN, Rosauro Martínez y Leopoldo Pérez.

La propuesta específica es que las facultades para la toma de las decisiones sobre los caminos rurales -en forma amplia y privativa- recaiga precisamente en el órgano que tiene a su cargo la canalización de las inquietudes de la comunidad, es decir, el municipio.

Ello, indican los legisladores, sin perjuicio de las labores de supervisión técnica que desarrolla el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y que, en otras áreas, pone a disposición de los entes locales a través de convenios de cooperación, como es el caso de las obras de caminos dentro del sector urbano.

Recordaron que, actualmente, la normativa que se aplica a las condiciones de mantención, pavimentación, ensanchamiento y conservación de caminos rurales, está basada en el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840, orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y el DFL 206, de 1960, sobre construcción de caminos, cuyo texto coordinado refundido y sistematizado consta en el DFL. 850 de 1997.

Dichos cuerpos legales, explicaron, determinan que el MOP tiene la facultad de planificar, proyectar y construir todas aquellas obras públicas que puedan ser encomendadas por otros Ministerios o bien por las municipalidades.

Sin embargo, precisaron, el artículo 18 de la ley del MOP, señala que son facultades de la Dirección de Vialidad el estudio, proyección, construcción, mejoramiento, defensa, reparación, conservación y señalización de los caminos, puentes rurales y de las obras complementarias a ellos. Ello se debe entender complementado con la disposición contenida en el artículo 1°, numeral 2) de la ley 20.305, que entrega a los Gobiernos Regionales la facultad de construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas.

“En los hechos, los requerimientos de conectividad y mantención de caminos rurales -hoy labor entregada al MOP- se canalizan a través de las municipalidades, las que tienen el contacto permanente con la comunidad y debe atender en el detalle sus carencias y aspiraciones. Ello ocurre con especial énfasis en el sector rural, en el que muchas veces no se tiene acceso a las autoridades centrales o regionales”, enfatizaron.

Pese a lo anterior, constataron los legisladores, las municipales carecen de un sistema integral de facultades que le permitan satisfacer adecuadamente estos requerimientos de los vecinos. Asimismo, al no contar con las facultades completas sobre los caminos rurales, no pueden acceder a la asignación presupuestaria para proceder a su administración.

“Esta dispersión y duplicidad de facultades, no ayuda a la atención integral de la ciudadanía en materia de infraestructura y permite la ocurrencia de absurdos de gestión basados en que, sobre una misma materia, existen dos o más entes que toman las decisiones y éstas son parciales o totales”, senteciaron.

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