Cámara de Diputados despacha proyecto que crea el Ministerio de Desarrollo Social
Cámara de Diputados despacha proyecto que crea el Ministerio de Desarrollo Social
Publicado el 03 de agosto del 2011
Con 106 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación en general, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley de iniciativa del Ejecutivo que establece el Ministerio de Desarrollo Social, secretaría de Estado encargada del diseño y aplicación de políticas para erradicar la pobreza e ir en apoyo de los grupos sociales más vulnerables, que será el continuador legal del actual Ministerio de Planificación.
La iniciativa legal (boletín 7196) crea el Ministerio de Desarrollo Social como Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
Corresponderá también a este Ministerio evaluar las iniciativas de inversión que solicitan financiamiento del Estado para determinar su rentabilidad social, velando por la eficacia y eficiencia del uso de los fondos públicos, de manera que respondan a las estrategias y políticas de crecimiento y desarrollo económico y social que se determinen para el país.
La organización básica de la nueva repartición pública la conforma el ministro, las subsecretarías de Evaluación Social y de Servicios Sociales, y las secretarías regionales ministeriales de desarrollo social.
La Subsecretaría de Evaluación Social será la encargada de coordinar los 360 programas sectoriales hoy existentes y de enviar al Congreso anualmente el Informe de Política Social (IPOS), que va a permitir a los parlamentarios tener una discusión presupuestaria más informada sobre la materia.
La Subsecretaría de Servicios Sociales será la encargada de gestionar, coordinar y supervisar el buen funcionamiento de los programas propios del Ministerio y de las instituciones encargadas de su ejecución.
Asimismo, se crea el Comité Interministerial de Desarrollo Social, que tendrá por función asesorar al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de la política social del Gobierno. Además, constituirá una instancia de coordinación, orientación, información y acuerdo para los ministerios y servicios en él representados. Los ministros que integrarán este Comité serán los de Desarrollo Social, que lo presidirá; Hacienda; Secretario General de la Presidencia; Educación; Salud; Vivienda y Urbanismo; Trabajo y Previsión Social, y del Servicio Nacional de la Mujer.
El Comité sesionará, a lo menos, dos veces al año y cuando lo convoque su presidente; su quórum para sesionar será de cuatro miembros y adoptará sus acuerdos por la mayoría absoluta de los asistentes.
Además del nuevo Ministerio, se establecen productos estratégicos. El primero de ellos es la creación del Banco Integrado de Programas Sociales (BIPS), que exige la evaluación ex ante de éstos para evitar duplicidades, asegurar una buena definición de la población objetivo, etcétera, para cuyo efecto se está desarrollando una metodología con ayuda del BID. El segundo es el Informe de Política Social (IPOS), que al igual que el Informe de Política Monetaria deberá presentarse una vez al año al Congreso. En tercer lugar, están las Fichas de Monitoreo, que contienen una evaluación ex dure de los programas sociales con respecto a los indicadores que se ha querido modificar con ellos.
Desde el punto de vista institucional se crea un Departamento de Estudios, a fin de tener una mirada global de lo social; se genera una Unidad de Focalización, que se ocuparía del mejoramiento continuo de la FPS y otros instrumentos; se crea un Observatorio Social, que se encargará de desarrollar nuevas métricas de desarrollo social, y dos Unidades de Coordinación, tanto de Servicios Relacionados como de Gestión Local y Dirigentes Sociales, ésta última con el objeto de escuchar a quienes están más cerca de la gestión de los programas sociales -y a sus usuarios- para poder mejorarlos.
Los funcionarios del nuevo Ministerio estarán afectos al Estatuto Administrativo y en sus remuneraciones a las normas de la Escala Única de Sueldos para la Administración Pública. Además, se obliga al personal a guardar reserva y secreto absolutos de la información que contenga datos personales de la cual tomen conocimiento, como, asimismo, abstenerse de usar información en beneficio propio o de terceros, hechos que se entenderá que vulneran gravemente el principio de probidad administrativa.
De las 32 votaciones sucesivas que se realizaron sobre el articulado del proyecto, la mayoría fueron de amplia aprobación, a excepción del artículo 4°, que establece la organización interna del MDS y sus subsecretarías, y los dos primeros artículos transitorios, que facultan al Presidente de la República para que, mediante decretos con fuerza de ley, fije la planta de personal y establezca normas sobre su encasillamiento. Estos últimos fueron aprobados en votación dividida.
A la sesión asistió e hizo uso de la palabra el Ministro de Planificación, Joaquín Lavín, y en el debate intervinieron los diputados Felipe Ward (UDI); Lautaro Carmona (PC), Enrique Jaramillo (PPD), Marcelo Schilling (PS), Joaquín Godoy (RN), René Alinco (Indep), Ricardo Rincón (DC), María José Hoffmann (UDI); Ramón Farías (PPD), Roberto Delmastro (INDAP), Fuad Chahín (DC), David Sandoval (UDI), Carlos Montes (PS), Cristián Campos (PPD), Alejandro Santana (RN), Ernesto Silva (UDI) y Alberto Robles (PRSD).
La iniciativa legal pasó a tercer trámite constitucional al Senado para que éste se pronuncie sobre las enmiendas introducidas por los diputados.
Publicado el 03 de agosto del 2011
Con 106 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación en general, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley de iniciativa del Ejecutivo que establece el Ministerio de Desarrollo Social, secretaría de Estado encargada del diseño y aplicación de políticas para erradicar la pobreza e ir en apoyo de los grupos sociales más vulnerables, que será el continuador legal del actual Ministerio de Planificación.
La iniciativa legal (boletín 7196) crea el Ministerio de Desarrollo Social como Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
Corresponderá también a este Ministerio evaluar las iniciativas de inversión que solicitan financiamiento del Estado para determinar su rentabilidad social, velando por la eficacia y eficiencia del uso de los fondos públicos, de manera que respondan a las estrategias y políticas de crecimiento y desarrollo económico y social que se determinen para el país.
La organización básica de la nueva repartición pública la conforma el ministro, las subsecretarías de Evaluación Social y de Servicios Sociales, y las secretarías regionales ministeriales de desarrollo social.
La Subsecretaría de Evaluación Social será la encargada de coordinar los 360 programas sectoriales hoy existentes y de enviar al Congreso anualmente el Informe de Política Social (IPOS), que va a permitir a los parlamentarios tener una discusión presupuestaria más informada sobre la materia.
La Subsecretaría de Servicios Sociales será la encargada de gestionar, coordinar y supervisar el buen funcionamiento de los programas propios del Ministerio y de las instituciones encargadas de su ejecución.
Asimismo, se crea el Comité Interministerial de Desarrollo Social, que tendrá por función asesorar al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de la política social del Gobierno. Además, constituirá una instancia de coordinación, orientación, información y acuerdo para los ministerios y servicios en él representados. Los ministros que integrarán este Comité serán los de Desarrollo Social, que lo presidirá; Hacienda; Secretario General de la Presidencia; Educación; Salud; Vivienda y Urbanismo; Trabajo y Previsión Social, y del Servicio Nacional de la Mujer.
El Comité sesionará, a lo menos, dos veces al año y cuando lo convoque su presidente; su quórum para sesionar será de cuatro miembros y adoptará sus acuerdos por la mayoría absoluta de los asistentes.
Además del nuevo Ministerio, se establecen productos estratégicos. El primero de ellos es la creación del Banco Integrado de Programas Sociales (BIPS), que exige la evaluación ex ante de éstos para evitar duplicidades, asegurar una buena definición de la población objetivo, etcétera, para cuyo efecto se está desarrollando una metodología con ayuda del BID. El segundo es el Informe de Política Social (IPOS), que al igual que el Informe de Política Monetaria deberá presentarse una vez al año al Congreso. En tercer lugar, están las Fichas de Monitoreo, que contienen una evaluación ex dure de los programas sociales con respecto a los indicadores que se ha querido modificar con ellos.
Desde el punto de vista institucional se crea un Departamento de Estudios, a fin de tener una mirada global de lo social; se genera una Unidad de Focalización, que se ocuparía del mejoramiento continuo de la FPS y otros instrumentos; se crea un Observatorio Social, que se encargará de desarrollar nuevas métricas de desarrollo social, y dos Unidades de Coordinación, tanto de Servicios Relacionados como de Gestión Local y Dirigentes Sociales, ésta última con el objeto de escuchar a quienes están más cerca de la gestión de los programas sociales -y a sus usuarios- para poder mejorarlos.
Los funcionarios del nuevo Ministerio estarán afectos al Estatuto Administrativo y en sus remuneraciones a las normas de la Escala Única de Sueldos para la Administración Pública. Además, se obliga al personal a guardar reserva y secreto absolutos de la información que contenga datos personales de la cual tomen conocimiento, como, asimismo, abstenerse de usar información en beneficio propio o de terceros, hechos que se entenderá que vulneran gravemente el principio de probidad administrativa.
De las 32 votaciones sucesivas que se realizaron sobre el articulado del proyecto, la mayoría fueron de amplia aprobación, a excepción del artículo 4°, que establece la organización interna del MDS y sus subsecretarías, y los dos primeros artículos transitorios, que facultan al Presidente de la República para que, mediante decretos con fuerza de ley, fije la planta de personal y establezca normas sobre su encasillamiento. Estos últimos fueron aprobados en votación dividida.
A la sesión asistió e hizo uso de la palabra el Ministro de Planificación, Joaquín Lavín, y en el debate intervinieron los diputados Felipe Ward (UDI); Lautaro Carmona (PC), Enrique Jaramillo (PPD), Marcelo Schilling (PS), Joaquín Godoy (RN), René Alinco (Indep), Ricardo Rincón (DC), María José Hoffmann (UDI); Ramón Farías (PPD), Roberto Delmastro (INDAP), Fuad Chahín (DC), David Sandoval (UDI), Carlos Montes (PS), Cristián Campos (PPD), Alejandro Santana (RN), Ernesto Silva (UDI) y Alberto Robles (PRSD).
La iniciativa legal pasó a tercer trámite constitucional al Senado para que éste se pronuncie sobre las enmiendas introducidas por los diputados.
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