Diputados: Consejo de Defensa del Estado entregó a Comisión Investigadora demanda presentada al SERVIU y Kodama
Diputados: Consejo de Defensa del Estado entregó a Comisión Investigadora demanda presentada al SERVIU y Kodama
Publicado el 10 de agosto del 2011
Sergio Urrejola indicó que la demanda civil apunta a la nulidad del acuerdo establecido entre dichas partes y a la improcedencia de una compensación monetaria por parte del fisco a la empresa. Anticipó que la próxima semana se decidirá la presentación de acciones penales por este caso.
En forma exclusiva, el presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Sergio Urrejola, entregó a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, convertida en investigadora por el caso Kodama, la demanda civil presentada en contra del SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo) de la Región Metropolitana y la empresa contratista, en la cual se reclama la nulidad del contrato de transacción entre dichas partes.
“El director del SERVIU RM carecía de atribución legal para celebrar el contrato de transacción y para comprometer el patrimonio del SERVIU RM porque éste recaía en una materia que legalmente concernía a otro órgano público, integrante de la administración centralizada o Fisco, la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas”, recalca el documento.
Según explicó a los diputados, el SERVIU excedió en sus atribuciones y, por tanto, no corresponde al Estado cancelar la suma que el Servicio acordó con Kodama. “Si se pretendió que el pago comprometido por la transacción fuere con cargo a fondos fiscales o tesoro público, por la vía de imputarse a la partida 'cumplimiento de sentencias judiciales' (aunque se trate de transacción extrajudicial), la transacción es igualmente nula por comprometer el patrimonio fiscal sin legitimación legal. El director del SERVIU RM no pudo disponer de recursos públicos sin autorización de la ley”, detalló.
Frente a las insistentes consultas de los diputados, Urrejola aclaró que la demanda civil, que ya fue notificada a las partes pero que sólo se hizo pública hoy ante la Comisión Investigadora, no resta de las acciones penales que también se puedan emprender en contra de los responsables del hecho
“Las responsabilidades de cada una de las personas será un tema penal que el CDE se encuentra estudiando y que, probablemente, se resolverán la próxima semana”, adelantó.
De hecho, según consta en el mismo documento, “se incurrió en claras infracciones al principio constitucional de juridicidad de los actos públicos, especialmente por el entonces director y agentes del SERVIU RM”. Además, se afirma que se contravinieron los principios de racionalidad, transparencia, publicidad y debida fundamentación de los actos de la administración; y vulneración manifiesta del deber de poner en conocimiento de la Contraloría los antecedentes de la transacción.
“El ardid de simular un juicio para arribar a una transacción que permitiera el pago de mayores gastos generales en virtud de un simple acuerdo de voluntades totalmente discrecional, de forma que no requiera de aprobación administrativa mediante la dictación de una resolución sometida al trámite de toma de razón ante la Contraloría, importan claramente una forma de eludir el control de ese organismo, a sabiendas del criterio ya manifestado por la entidad respecto de la improcedencia de efectuar esa clase de pagos en el caso concreto de Kodama, por el mismo contrato, por la obligación de observar el decreto Nº 236, de 2002, de Vivienda y Urbanismo, sobre Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los SERVIU, que era justamente lo que se quiso evitar”, declara la demanda.
La presidenta de la Comisión, diputada Claudia Nogueria (UDI), destacó la información aportada por el CDE, especialmente entendiendo que éste es un órgano que no está dado a dar opinión sobre cómo lleva a cabo sus procesos internos y su toma de decisiones. En este contexto valoró que se les haya entregado la demanda de nulidad absoluta del contrato en contra de SERVIU y Kodama, argumentando, en lo principal, un vicio de procedimiento, dado que el SERVIU no estaba mandatado para transigir, sino que era el Ministerio de Obras Públicas (MOP) el órgano facultado.
Además, dijo, el CDE se hace eco, de alguna manera, de los argumentos presentados por la Contraloría, donde efectivamente da cuenta de una serie de ilegalidades o irregularidades que se produjeron en el contexto de la celebración del acuerdo extrajudicial.
“Aquí, el CDE nos ha dicho que su papel es resgauardar el interés patrimonial del Estado y, en ese sentido, su tarea con esta demanda va en deshacer esta transacción, sin perjuicio que pueda determinar que aquí había un intento de fraude al Fisco”, puntualizó.
Publicado el 10 de agosto del 2011
Sergio Urrejola indicó que la demanda civil apunta a la nulidad del acuerdo establecido entre dichas partes y a la improcedencia de una compensación monetaria por parte del fisco a la empresa. Anticipó que la próxima semana se decidirá la presentación de acciones penales por este caso.
En forma exclusiva, el presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Sergio Urrejola, entregó a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, convertida en investigadora por el caso Kodama, la demanda civil presentada en contra del SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo) de la Región Metropolitana y la empresa contratista, en la cual se reclama la nulidad del contrato de transacción entre dichas partes.
“El director del SERVIU RM carecía de atribución legal para celebrar el contrato de transacción y para comprometer el patrimonio del SERVIU RM porque éste recaía en una materia que legalmente concernía a otro órgano público, integrante de la administración centralizada o Fisco, la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas”, recalca el documento.
Según explicó a los diputados, el SERVIU excedió en sus atribuciones y, por tanto, no corresponde al Estado cancelar la suma que el Servicio acordó con Kodama. “Si se pretendió que el pago comprometido por la transacción fuere con cargo a fondos fiscales o tesoro público, por la vía de imputarse a la partida 'cumplimiento de sentencias judiciales' (aunque se trate de transacción extrajudicial), la transacción es igualmente nula por comprometer el patrimonio fiscal sin legitimación legal. El director del SERVIU RM no pudo disponer de recursos públicos sin autorización de la ley”, detalló.
Frente a las insistentes consultas de los diputados, Urrejola aclaró que la demanda civil, que ya fue notificada a las partes pero que sólo se hizo pública hoy ante la Comisión Investigadora, no resta de las acciones penales que también se puedan emprender en contra de los responsables del hecho
“Las responsabilidades de cada una de las personas será un tema penal que el CDE se encuentra estudiando y que, probablemente, se resolverán la próxima semana”, adelantó.
De hecho, según consta en el mismo documento, “se incurrió en claras infracciones al principio constitucional de juridicidad de los actos públicos, especialmente por el entonces director y agentes del SERVIU RM”. Además, se afirma que se contravinieron los principios de racionalidad, transparencia, publicidad y debida fundamentación de los actos de la administración; y vulneración manifiesta del deber de poner en conocimiento de la Contraloría los antecedentes de la transacción.
“El ardid de simular un juicio para arribar a una transacción que permitiera el pago de mayores gastos generales en virtud de un simple acuerdo de voluntades totalmente discrecional, de forma que no requiera de aprobación administrativa mediante la dictación de una resolución sometida al trámite de toma de razón ante la Contraloría, importan claramente una forma de eludir el control de ese organismo, a sabiendas del criterio ya manifestado por la entidad respecto de la improcedencia de efectuar esa clase de pagos en el caso concreto de Kodama, por el mismo contrato, por la obligación de observar el decreto Nº 236, de 2002, de Vivienda y Urbanismo, sobre Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los SERVIU, que era justamente lo que se quiso evitar”, declara la demanda.
La presidenta de la Comisión, diputada Claudia Nogueria (UDI), destacó la información aportada por el CDE, especialmente entendiendo que éste es un órgano que no está dado a dar opinión sobre cómo lleva a cabo sus procesos internos y su toma de decisiones. En este contexto valoró que se les haya entregado la demanda de nulidad absoluta del contrato en contra de SERVIU y Kodama, argumentando, en lo principal, un vicio de procedimiento, dado que el SERVIU no estaba mandatado para transigir, sino que era el Ministerio de Obras Públicas (MOP) el órgano facultado.
Además, dijo, el CDE se hace eco, de alguna manera, de los argumentos presentados por la Contraloría, donde efectivamente da cuenta de una serie de ilegalidades o irregularidades que se produjeron en el contexto de la celebración del acuerdo extrajudicial.
“Aquí, el CDE nos ha dicho que su papel es resgauardar el interés patrimonial del Estado y, en ese sentido, su tarea con esta demanda va en deshacer esta transacción, sin perjuicio que pueda determinar que aquí había un intento de fraude al Fisco”, puntualizó.
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