diputados: Presentan proyecto que amplía plazo de prescripción de acciones para perseguir infracciones a Ley del Consumidor

diputados: Presentan proyecto que amplía plazo de prescripción de acciones para perseguir infracciones a Ley del Consumidor
Publicado el 24 de agosto del 2011

Iniciativa legal de diputados UDI extiende de seis meses a un año el plazo para perseguir la responsabilidad de los proveedores que infrinjan la normativa que protege los derechos del consumidor.

La moción (boletín 7861) fue presentada por los diputados UDI, Cristian Letelier, Gonzalo Arenas, Javier Hernández, Carlos Recondo, David Sandoval, Enrique Van Rysselberghe, María José Hoffmann, Andrea Molina, Claudia Nogueira y Mónica Zalaquett.

Los autores señalan en los considerandos del proyecto que la Ley 19.496 sobre Derechos del Consumidor, establece en el artículo 26 que "las acciones que persigan la responsabilidad contravencional que se sanciona por la presente ley prescribirán en el plazo de seis meses, contado desde que se haya incurrido en la infracción respectiva".

Agregan que hoy en día los consumidores, conscientes de sus derechos ciudadanos, ejercen las acciones que la ley ha dispuesto para los casos en que los proveedores no cumplen los contratos de compraventa de bienes o servicios. Sin embargo, advierten que aún persisten situaciones en que los proveedores de ciertos servicios se desligan de toda responsabilidad frente a la mala calidad o publicidad engañosa, amparándose en la prescripción de las acciones que se han pretendido ejercer en su contra, debido al corto tiempo de extinción de dichas acciones.

En opinión de los patrocinantes de esta iniciativa, el plazo de prescripción es tan exiguo que impide que los consumidores alcancen a reaccionar frente a las infracciones a la ley y exigir su reparación o sanciones correspondientes en un plazo razonable.

En tal sentido, hacen presente que el ordenamiento jurídico chileno establece que las normas supletorias en materia civil se encuentran en el Código Civil. Éste, en su artículo 2522, dispone que "prescribe en un año la acción de los mercaderes, proveedores y artesanos por el precio de los artículos que despachan al menudeo”, norma que a juicio de los parlamentarios se encuentra directamente relacionada con las acciones que se consagran en la Ley sobre Derechos de los Consumidores.

“En atención a la referida disposición legal, la prescripción de las acciones que persigan la responsabilidad contravencional que se sanciona en la Ley N° 19.496, no puede tener un plazo menor que el que se establece para la generalidad de los casos en el ordenamiento jurídico, sino que debería ser de un año contado desde que se haya incurrido en la infracción respectiva, puesto que de nada sirve que una ley especial, como es la Ley sobre los Derechos de los Consumidores, establezca un plazo para la prescripción de las acciones aún más corto que el que se dispone en el ordenamiento en general para las denominadas prescripciones de corto tiempo”, expresan los diputados.

La moción quedó radicada en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados para su análisis.

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