Los productos pesqueros importados por Chile deberán poseer un Certificado de Acreditación del Origen Legal
Los productos pesqueros importados por Chile deberán poseer un Certificado de Acreditación del Origen Legal
Esta medida se basa en la necesidad de contar con una herramienta de autentificación que permita identificar y fiscalizar el origen de los recursos hidrobiológicos y productos derivados que entren en territorio chileno.
Martes, 02 de Agosto de 2011
El Servicio Nacional de Pesca que informó la presentación del Certificado de Acreditación de Origen Legal, será un requisito obligatorio para autorizar el ingreso (importación) de todos aquellos productos pesqueros cuya fecha de inicio de viaje desde el país de origen sea con fecha 29 de agosto de 2011 en adelante.
Así lo informó el Director Nacional de Sernapesca, Juan Luis Ansoelaga, quien explicó que la medida se basa en que "se ha advertido la necesidad de contar con una herramienta de autentificación que permita identificar y fiscalizar el origen de los recursos hidrobiológicos y productos derivados, que ingresen tanto al territorio como al mercado nacional".
La medida se funda además en lo establecido en la Resolución N° 2796/24.12.2009 y su modificación Res. N° 96/10.02.2010, ambas del Servicio Nacional de Pesca y publicadas en el sitio web (www.sernapesca.cl), donde se especifican las condiciones y requisitos para autorizar el ingreso al país de los recursos hidrobiológicos y sus productos derivados.
Con este requisito se cumple con lo acordado por el Estado chileno en diversas instancias internacionales, como la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos del Mar del 10 de Diciembre de 1982; el Acuerdo para promover el cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por parte de los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar, de 1993, FAO; el Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), aprobado por el Consejo de la FAO, son instrumentos internacionales de los cuales Chile es parte, cuyo objeto es instar a los países a preparar y aplicar planes de acción nacionales para prevenir la pesca INDNR nacional e internacional.
"Chile, con el objeto de potenciar el esfuerzo como país para desarrollar la actividad de pesca en forma sostenible en el tiempo, y teniendo en cuenta los principios de manejo responsable contenidos en el artículo 61 de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Mar, se ha comprometido a colaborar con la comunidad internacional en la tarea de prevenir la pesca INDNR", indicó Ansoleaga. mundoacuicola.com
fuente: prochile
Esta medida se basa en la necesidad de contar con una herramienta de autentificación que permita identificar y fiscalizar el origen de los recursos hidrobiológicos y productos derivados que entren en territorio chileno.
Martes, 02 de Agosto de 2011
El Servicio Nacional de Pesca que informó la presentación del Certificado de Acreditación de Origen Legal, será un requisito obligatorio para autorizar el ingreso (importación) de todos aquellos productos pesqueros cuya fecha de inicio de viaje desde el país de origen sea con fecha 29 de agosto de 2011 en adelante.
Así lo informó el Director Nacional de Sernapesca, Juan Luis Ansoelaga, quien explicó que la medida se basa en que "se ha advertido la necesidad de contar con una herramienta de autentificación que permita identificar y fiscalizar el origen de los recursos hidrobiológicos y productos derivados, que ingresen tanto al territorio como al mercado nacional".
La medida se funda además en lo establecido en la Resolución N° 2796/24.12.2009 y su modificación Res. N° 96/10.02.2010, ambas del Servicio Nacional de Pesca y publicadas en el sitio web (www.sernapesca.cl), donde se especifican las condiciones y requisitos para autorizar el ingreso al país de los recursos hidrobiológicos y sus productos derivados.
Con este requisito se cumple con lo acordado por el Estado chileno en diversas instancias internacionales, como la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos del Mar del 10 de Diciembre de 1982; el Acuerdo para promover el cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por parte de los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar, de 1993, FAO; el Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), aprobado por el Consejo de la FAO, son instrumentos internacionales de los cuales Chile es parte, cuyo objeto es instar a los países a preparar y aplicar planes de acción nacionales para prevenir la pesca INDNR nacional e internacional.
"Chile, con el objeto de potenciar el esfuerzo como país para desarrollar la actividad de pesca en forma sostenible en el tiempo, y teniendo en cuenta los principios de manejo responsable contenidos en el artículo 61 de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Mar, se ha comprometido a colaborar con la comunidad internacional en la tarea de prevenir la pesca INDNR", indicó Ansoleaga. mundoacuicola.com
fuente: prochile
Comentarios