Senado: Respaldan acuerdo que reconoce privilegios e inmunidades de la Corte Penal Internacional

Senado: Respaldan acuerdo que reconoce privilegios e inmunidades de la Corte Penal Internacional
El Senado despachó este instrumento internacional que dispone que la Corte Penal internacional gozará en el territorio de cada Estado Parte, de los privilegios e inmunidades necesarios para el cumplimiento de sus funciones.


En condiciones de ser promulgado como Ley de la República quedó el proyecto que aprueba el "Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional", aprobado en Nueva York, el 9 de septiembre de 2002.


Ello, tras el respaldo unánime que obtuvo en la Sala del Senado, dicha iniciativa que establece que la Corte Penal Internacional tendrá personalidad jurídica internacional; y la capacidad jurídica que sea necesaria para el desempeño de sus funciones y la realización de sus propósitos.


Así lo destacó el senador Eugenio Tuma, quien en su calidad de presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores entregó una detallada cuenta de este instrumento internacional que establece que dicha "Corte gozará en el territorio de cada Estado Parte, de los privilegios e inmunidades necesarios para el cumplimiento de sus funciones".


Precisó que los privilegios e inmunidades que contempla el Acuerdo para la Corte Penal Internacional, su personal y otras personas, como abogados, defensores, víctimas y testigos son similares a los que ostentan las agencias de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.


A su vez, la senadora Isabel Allende valoró la aprobación de esta iniciativa que forma parte del Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional y cuya ratificación por parte de Chile tuvo un arduo trámite. Agregó que este acuerdo dispone que la Corte tendrá personalidad jurídica internacional, necesaria para el ejercicio de sus funciones, y los privilegios e inmunidades que requiere para su adecuado funcionamiento.


Cabe señalar que este Convenio permite que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tenga aplicación plena en cada uno de los Estados Parte.

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