SERNAC DENUNCIA A SINDELEN POR MANTENER LA VENTA DE LICUADORAS CON FALLAS DE SEGURIDAD
El SERNAC presentó una denuncia en el tercer Juzgado de Policía Local de La
Florida contra Sindelen por infringir la Ley del Consumidor al no cumplir
los compromisos asumidos tras detectarse un modelo de licuadoras con
potenciales problemas de seguridad y mantener su comercialización.
En mayo de este año, se conocieron públicamente algunos casos de
consumidores que denunciaron fallas de seguridad en el modelo de juguera
CRISTAL MIX BLACK L 2200 TURBO, pues al utilizarla se desprenderían parte
de las aspas metálicas del aparato mezclándose con los alimentos. Incluso
según una de las denuncias, los trozos de cuchillo llegaron a ser ingeridos
por un niño de un año y medio.
El SERNAC, en coordinación con la Superintendencia de Electricidad y
Combustibles (SEC), exigió a la empresa información de lo que estaba
ocurriendo y una solución inmediata. Sindelen indicó que existirían en
stock más de 43 mil unidades del modelo cuestionado y se comprometió a
suspender su comercialización y su retiro de los puntos de venta hasta que
no se realizara un estudio de un laboratorio externo que descartara los
riesgos. Asimismo, se revisarían gratuitamente las licuadoras en servicios
técnicos habilitados.
Posteriormente el SERNAC investigó el estado de implementación de las
medidas de resguardo, constatando a través de un monitoreo del mercado a
nivel nacional que se volvió a comercializar el producto pese a que no han
finalizado los estudios de laboratorio que buscan descartar o confirmar las
fallas.
Por otra parte, la empresa no se ha pronunciado sobre las compensaciones
económicas para los consumidores pese a que ya se reportan 28 afectados.
Por lo tanto, el organismo consideró que Sindelen ha cometido una
infracción grave a la Ley del Consumidor al actuar con negligencia
manteniendo a la venta un producto potencialmente peligroso para la salud
de los consumidores y no tomando las medidas que se comprometió una vez
conocidos los problemas de seguridad.
El Director del SERNAC, Juan Antonio Peribonio, indicó que “no podemos
esperar a que ocurra una desgracia. La empresa debía reaccionar con
urgencia, retirar los productos del mercado y probar su calidad, lo que no
ha cumplido y deberá responder ante la Justicia. Aquí está en juego la
seguridad de los niños”.
La acción judicial persigue que la empresa sea sancionada con las máximas
multas que establece la Ley del Consumidor y que se decrete la prohibición
de seguir comercializando el producto.
El SERNAC hace un llamado a los consumidores a que no usen este modelo de
licuadora mientras los estudios no descarten el riesgo.
Qué dice la Ley
Según la Ley del Consumidor, cuando una empresa detecta algún problema o
eventuales peligros después de haber puesto sus productos en el mercado,
tiene la obligación de:
a) informar inmediatamente a las autoridades competentes, en este
caso la SEC y el SERNAC;
b) y advertir a los consumidores
Si corresponde, una empresa debería tomar todas las medidas para el retiro
del producto del mercado.
Los consumidores tienen derecho a recibir información oportuna sobre la
suspensión de venta o el retiro definitivo del producto y los pasos a
seguir, y en este último caso, según la Ley del Consumidor, la empresa debe
cambiarlo por uno similar o a restituir su valor.
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Prefiera no imprimir este mensaje, estará contribuyendo al cuidado del medio ambiente.
Florida contra Sindelen por infringir la Ley del Consumidor al no cumplir
los compromisos asumidos tras detectarse un modelo de licuadoras con
potenciales problemas de seguridad y mantener su comercialización.
En mayo de este año, se conocieron públicamente algunos casos de
consumidores que denunciaron fallas de seguridad en el modelo de juguera
CRISTAL MIX BLACK L 2200 TURBO, pues al utilizarla se desprenderían parte
de las aspas metálicas del aparato mezclándose con los alimentos. Incluso
según una de las denuncias, los trozos de cuchillo llegaron a ser ingeridos
por un niño de un año y medio.
El SERNAC, en coordinación con la Superintendencia de Electricidad y
Combustibles (SEC), exigió a la empresa información de lo que estaba
ocurriendo y una solución inmediata. Sindelen indicó que existirían en
stock más de 43 mil unidades del modelo cuestionado y se comprometió a
suspender su comercialización y su retiro de los puntos de venta hasta que
no se realizara un estudio de un laboratorio externo que descartara los
riesgos. Asimismo, se revisarían gratuitamente las licuadoras en servicios
técnicos habilitados.
Posteriormente el SERNAC investigó el estado de implementación de las
medidas de resguardo, constatando a través de un monitoreo del mercado a
nivel nacional que se volvió a comercializar el producto pese a que no han
finalizado los estudios de laboratorio que buscan descartar o confirmar las
fallas.
Por otra parte, la empresa no se ha pronunciado sobre las compensaciones
económicas para los consumidores pese a que ya se reportan 28 afectados.
Por lo tanto, el organismo consideró que Sindelen ha cometido una
infracción grave a la Ley del Consumidor al actuar con negligencia
manteniendo a la venta un producto potencialmente peligroso para la salud
de los consumidores y no tomando las medidas que se comprometió una vez
conocidos los problemas de seguridad.
El Director del SERNAC, Juan Antonio Peribonio, indicó que “no podemos
esperar a que ocurra una desgracia. La empresa debía reaccionar con
urgencia, retirar los productos del mercado y probar su calidad, lo que no
ha cumplido y deberá responder ante la Justicia. Aquí está en juego la
seguridad de los niños”.
La acción judicial persigue que la empresa sea sancionada con las máximas
multas que establece la Ley del Consumidor y que se decrete la prohibición
de seguir comercializando el producto.
El SERNAC hace un llamado a los consumidores a que no usen este modelo de
licuadora mientras los estudios no descarten el riesgo.
Qué dice la Ley
Según la Ley del Consumidor, cuando una empresa detecta algún problema o
eventuales peligros después de haber puesto sus productos en el mercado,
tiene la obligación de:
a) informar inmediatamente a las autoridades competentes, en este
caso la SEC y el SERNAC;
b) y advertir a los consumidores
Si corresponde, una empresa debería tomar todas las medidas para el retiro
del producto del mercado.
Los consumidores tienen derecho a recibir información oportuna sobre la
suspensión de venta o el retiro definitivo del producto y los pasos a
seguir, y en este último caso, según la Ley del Consumidor, la empresa debe
cambiarlo por uno similar o a restituir su valor.
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Prefiera no imprimir este mensaje, estará contribuyendo al cuidado del medio ambiente.
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