Cámara de Diputados aprobó informe de comisión investigadora sobre cambio en planes de estudio.Sus impulsores propusieron que la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados se constituyera en instancia investigadora con el fin de indagar las actuaciones y procedimientos del Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación por los cuales se aprobó en su oportunidad el aumento de las horas de lenguaje y matemáticas y la reducción de las horas lectivas de historia, geografía y ciencias sociales en los niveles educacionales de quinto básico a segundo medio.




Publicado el 27 de septiembre del 2011



Con 61 votos a favor, 7 en contra y 8 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó hoy el informe de la Comisión de Educación, constituida como investigadora de las actuaciones del MINEDUC y el Consejo Nacional de Educación a raíz de la modificación de los planes de estudio de 5.o básico a 2.o medio.





La solicitud de investigación fue presentada con la firma de 52 diputados y aprobada por la Sala en la sesión del 19 de enero de 2011.



Sus impulsores propusieron que la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados se constituyera en instancia investigadora con el fin de indagar las actuaciones y procedimientos del Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación por los cuales se aprobó en su oportunidad el aumento de las horas de lenguaje y matemáticas y la reducción de las horas lectivas de historia, geografía y ciencias sociales en los niveles educacionales de quinto básico a segundo medio.



El informe final de la Comisión, aprobado por la unanimidad de sus integrantes, señala en sus conclusiones que durante el año 2010 el Ministerio de Educación no consideró en sus propuestas de modificación de Planes y Programas de Estudio, mecanismos previos de consulta y participación de los actores académicos y docentes que tomaron parte en el ajuste del Marco Curricular y, en especial, a los docentes que debían implementarlos. Agrega que tampoco consideró el rechazo de los actores, lo que resta legitimidad a la medida.



Sostiene, asimismo, que desde una perspectiva de competencia técnica, imparcialidad, y coherencia con la nueva arquitectura del sistema educativo no resulta conveniente prolongar la actual conformación del Consejo Nacional de Educación. Precisa que la LGE exige del Consejo Nacional de Educación no sólo el cumplimiento de funciones en materia de Educación escolar y superior sino también la renovación de sus miembros.



El documento recalca que el análisis de los acuerdos suscritos por el Consejo Nacional de Educación permite inferir que el Consejo ha hecho uso de las observaciones de manera discrecional con connotaciones y resultados disímiles. “En algún caso ha tenido como consecuencia, rechazar la propuesta del Ministerio de Educación, obligándolo a reformular y reingresar la propuesta; en otro caso, utilizando las mismas observaciones, ha aprobado la propuesta y las observaciones han carecido de efecto jurídico, indica.



“El Ministerio de Educación ha interrumpido el proceso de implementación de ajuste curricular sin una planificación robusta de los cambios destinados a orientar y conducir al sistema escolar de forma consistente respecto de la implementación al ajuste curricular, toda vez que es necesario hacer visible una conexión con el horizonte de nuevas bases curriculares y nueva estructura curricular para Educación Básica (seis años) y Educación Media (seis años) previstas en la LGE para ser implementadas, plenamente a contar del 1 de marzo de 2017. Asimismo, ha exigido al Consejo aprobar la propuesta de Planes de Estudios en un plazo de 45 días, lo que es contrario al procedimiento legal, que establece 60 días para efectos de una primera evaluación”, expresa otra parte de las conclusiones.



El texto hace hincapié que “el Ministerio de Educación ha adoptado decisiones, refrendadas por el Consejo Nacional de Educación -pese a las observaciones señaladas en los puntos anteriores- que tendrán serias implicancias educativas en las áreas disminuidas, en particular, en Educación Tecnológica, afectando la oferta de formación de docentes y la dimensión educativa de los alumnos”.



El Informe incluye un apartado de proposiciones, donde se plantea la conveniencia de que el Ministerio de Educación se asegure que sus propuestas guarden coherencia con el Marco Curricular vigente y cuenten con el consenso de los principales actores que tiene opinión e incumbencia en el desarrollo del curriculum: instituciones de formación docente, académicos destacados en las distintas áreas del conocimiento y docentes de aula, con el propósito de que las propuestas posean una base de legitimidad técnica y respaldo social.



Además, solicita al Ejecutivo la pronta conformación del Consejo Nacional de Educación, acorde a lo establecido en el nuevo marco legal, con el fin de mejorar sus competencias en el cumplimiento de sus funciones en materia de educación escolar y superior.



También pide al Gobierno que presente a tramitación un proyecto de ley para modificar el artículo 86, letra c), de la Ley General de Educación, determinando que es función del Consejo, no sólo aprobar (o rechazar sin más), sino también "formular observaciones" en relación con los Planes y Programas para la Educación Básica y Media, y para la Educación de adultos, elaborados por el Ministerio de Educación; de forma que las observaciones que indique el Consejo en esta materia tengan efecto vinculante y obliguen al Ministerio a reingresar su propuesta con las observaciones subsanadas.



El texto solicita al Ministerio de Educación un plan y cronograma de implementación del ajuste del Marco Curricular aprobado por el Consejo Nacional de Educación en mayo de 2009 (Acuerdo 28/ 2009) que contemple, al menos, lo siguiente: 1) Alineamiento de los Planes y Programas en los diferentes niveles y sectores; 2) Política de perfeccionamiento de los profesores en ejercicio y de regulación de la formación inicial docente, acorde al Marco Curricular; 3) Plazos suficientes para el análisis y la reflexión del Consejo Nacional de Educación, considerando al menos 120 días para la aprobación de una propuesta y, 4) Conexión y empalme con los cambios curriculares previstos en la LGE, que deben implementarse a contar del 1 de marzo de 2017.



Al mismo tiempo, se propone que se dicte un reglamento que regule las relaciones entre el Consejo Nacional de Educación y el Ministerio de Educación y ordene los criterios y procedimientos para asegurar la calidad técnica de las decisiones que adopte el Consejo.



Finalmente, se pide al Ministerio de Educación que informe: 1) Impacto del aumento de horas semanales en Matemática y Lenguaje y Comunicación; 2) Impacto de la disminución de las horas de Educación Tecnológica y orientaciones que entregará a los docentes en orden a lograr en una hora semanal de 5° a 8° Básico, lo que antes debían alcanzar en términos de objetivos fundamentales y contenidos obligatorios en dos horas semanales; 3) Impacto de la anulación del Consejo de Curso, como espacio dedicado a la participación y organización de los alumnos, e 4) Impacto de la disminución de las horas de libre disposición.

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