Cámara de Diputados aprueba proyecto que declara el 19 de septiembre como feriado obligatorio para trabajadores dependientes del comercio

Cámara de Diputados aprueba proyecto que declara el 19 de septiembre como feriado obligatorio para trabajadores dependientes del comercio
Publicado el 08 de septiembre del 2011

Con 81 votos a favor y tres abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación en primer trámite constitucional y despachó al Senado un proyecto que declara como feriado obligatorio e irrenunciable el 19 de septiembre de 2011 para todos los trabajadores dependientes del comercio.

La iniciativa legal tuvo su origen en una moción (boletín 7893) de los diputados Osvaldo Andrade (PS), Pedro Browne (RN), Carolina Goic (DC), Nicolás Monckeberg (RN), Adriana Muñoz (PPD), René Saffirio (DC), Ximena Vidal (PPD) y Carlos Vilches (UDI), que fue refundido con un mensaje del Ejecutivo (boletín 7900) orientado al mismo objetivo.

La ley Nº 19.973 estableció que el 1º de enero, 1º de mayo, 18 de septiembre y 25 de diciembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores dependientes del comercio, excepto quienes se desempeñan en rubros como restoranes, cines y farmacias.

El presente año los días 18 y 19 de septiembre serán domingo y lunes, respectivamente, por lo tanto los trabajadores dependientes del comercio no podrán disfrutar del festivo del día 19, situación que a juicio de los autores de este proyecto se aleja del espíritu de las celebraciones de Fiestas Patrias, generando una grave discriminación en contra de este sector de trabajadores del país.

Para corregir esta situación discriminatoria y cumplir con los propósitos simbólicos que se tuvieron en vista al momento de establecer los feriados destinados a celebrar las festividades de la independencia del país, el proyecto declara, por esta sola vez, que el día 19 de septiembre de 2011 será feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores dependientes del comercio.

El proyecto es de artículo único y establece en su inciso primero que “el día 19 de septiembre de 2011 será feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio, con la excepción de aquellos señalados en el artículo 2° de la ley N° 19.973”.

Dicha excepción se refiere a aquellos trabajadores que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. También incluye a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Los empleadores que no respeten este feriado se exponen a una multa a beneficio fiscal de 5 Unidades Tributarias Mensuales por cada trabajador afectado por la infracción. Si tiene contratados 50 o más trabajadores la multa ascenderá a 10 UTM por cada trabajador afectado y si tiene contratados 200 o más trabajadores la multa será de 20 UTM por cada afectado.

El proyecto fue informado en la Sala por el diputado Carlos Vilches, de la Comisión de Trabajo, y en el debate en la Sala intervinieron los diputados Carolina Goic (DC), Enrique Jaramillo (PPD), Jorge Ulloa (UDI), Pablo Lorenzini (DC), Alberto Robles (PRSD), René Manuel García (RN), Osvaldo Andrade (PS), Pepe Auth (PPD), María Angélica Cristi (UDI), Ximena Vidal (PPD), René Saffirio (DC), Patricio Hales (PPD), Alfonso De Urresti (PS), Cristian Letelier (UDI), Lautaro Carmona (PC), Adriana Muñoz (PPD), Carlos Vilches (UDI), Alejandra Sepúlveda (PRI), Ramón Farías (PPD), Fuad Chahín (DC), Carlos Abel Jarpa (PRSD) y Cristina Girardi (PPD).

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