diputados: Presentan proyecto que agiliza los juicios sobre infracciones a la Ley del Consumidor

Presentan proyecto que agiliza los juicios sobre infracciones a la Ley del Consumidor
Publicado el 23 de septiembre del 2011

La moción eleva el umbral de las sentencias debajo del cual no se puede apelar, desde las actuales 10 UTM hasta las 30 UTM , y propone que las causas por interés colectivo o difuso gocen de preferencia para su vista en las respectivas cortes.


La iniciativa legal (boletín 7922) fue presentada por los diputados Pepe Auth (PPD), Juan Luis Castro (PS); Guillermo Ceroni (PPD), Fuad Chahín (DC), Joaquín Godoy (RN), Patricio Hales (PPD), Enrique Jaramillo (PPD), Marco Antonio Núñez (PPD), Joaquín Tuma (PPD) y Orlando Vargas (PPD).

Los autores de la moción recuerdan que la ley 19.955, del año 2004, reformó las normas que regulaban el procedimiento en los juicios por infracción a la ley del consumidor, tanto para el resguardo de los derechos individuales como para la protección del interés colectivo o difuso, generando en este último caso normas especiales de procedimiento y creando una legitimación activa para representar dicho interés en juicio por parte del SERNAC, las organizaciones de consumidores o directamente por más de 50 consumidores.

Agregan que dicho cuerpo legal especifica que una sentencia de primera instancia de hasta 10 unidades tributarias mensuales es inapelable, porque el trámite de la apelación puede tardar varios meses en su vista por parte de las Cortes de Apelaciones, lo que se transforma en un desincentivo para que las personas demanden por montos bajos, además de lo costoso que resulta contar con una defensa en la Corte de Apelaciones.

Hacen presente, asimismo, que los juicios para la protección del interés difuso o colectivo de los consumidores también suelen tardar mucho tiempo, ejemplificado en el hecho de que a más de siete años de la reforma que los permite, ningún juicio colectivo ha culminado con sentencia definitiva. Puntualizan que en el caso reciente de La Polar se ven afectados por infracciones a la Ley del Consumidor más de un millón de personas y las demandas colectivas presentadas tardarán presumiblemente varios años en encontrar reparación a los daños causados, por lo que concluyen que no existe verdaderamente una protección efectiva de sus derechos.

“A siete años de la promulgación de la ley 19.955, el balance demuestra que el problema en la relación proveedor-consumidor ya no es la ausencia de derechos de este último, sino más bien lo largo y costoso que resulta para los consumidores hacer valer sus derechos en juicio”, expresan los patrocinantes de la moción.

Tras advertir que no sólo es necesario que los derechos de los consumidores se vean debidamente protegidos sino que este resguardo se ejerza de manera expedita y con costo accesible para los afectados, los parlamentarios especifican que este proyecto permitirá agilizar aún más los tiempos de tramitación de las acciones deducidas por infracción a los derechos de los consumidores, ya sea derechos individuales o colectivos.

En primer lugar, proponen elevar el umbral de las sentencias debajo del cual no se puede apelar, desde las actuales 10 Unidades Tributarias Mensuales a 30. Ello porque 10 UTM es una cifra que se aproxima a los costos de hacerse asesorar por un abogado más las costas propias del juicio, pero sigue siendo una cifra muy baja que reduce la expectativa de resarcimiento material para lesiones de baja y mediana consideración. “En la medida que existan más juicios que sean inapelables mayor incentivo tendrán los consumidores en demandar, porque sabrán que el juicio se resolverá de manera más expedita”, plantean.

Y en segundo lugar proponen que las causas por interés colectivo o difuso gocen de preferencia para su vista en las respectivas cortes, por tratarse de causas de interés social debido a que involucran en muchos casos a cientos de miles de personas, muchas de ellas de los sectores más desprotegidos.

El proyecto fue enviado a la Comisión de Economía de la Cámara para su tramitación.

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