senado: Ciudadanos podrían presentar iniciativas de ley

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La iniciativa, originada en moción por los senadores Guido Girardi, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, Alejandro Navarro y Fulvio Rossi, fue remitida a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para su análisis.


Con el fin de incentivar y promover la participación ciudadana y enriquecer el proceso legislativo, los senadores Guido Girardi, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, Alejandro Navarro y Fulvio Rossi, presentaron un proyecto que establece la iniciativa popular de ley.


El texto legal, que modifica el artículo 62 de la Constitución Política, fue remitido a la Comisión de Constitución para su estudio.


En lo fundamental, señala que "las leyes también pueden iniciarse por moción que dirija a cualquiera de las ramas del Congreso, un número de ciudadanos que representen a lo menos, el cinco por ciento de los sufragios válidamente emitidos en la última elección de diputados. En estas mociones deberá expresarse por escrito las ideas matrices o fundamentales sobre las que proponen la promulgación de una ley y el texto que al respecto se proponga".


Agrega que para estos efectos "la Ley Orgánica Constitucional del Congreso regulará las normas de detalle concernientes a los proyectos de ley de iniciativa popular".


Los parlamentarios recordaron que el proyecto "es una reedición de una moción, que junto a otros parlamentarios de diversas colectividades, presentáramos el 9 de mayo de 2006 en la Cámara de Diputados, y que después de radicarse en su Comisión de Constitución, lamentablemente no ha avanzado mayormente, al igual que otras iniciativas similares presentadas posteriormente. No obstante, existe una urgencia de debatir esta importante materia de interés ciudadano".


CONTENIDO

Cabe señalar, que en el ámbito de formación de la ley, la Constitución Política no contempla la iniciativa popular.


Según el artículo 62 de la Carta Fundamental, las leyes pueden tener su origen en la Cámara de Diputados o en el Senado, por mensaje que envíe el Presidente de la República, o por moción que suscriban no más de diez diputados o cinco senadores.


Al respecto, los legisladores comentaron que "ante estas posibilidades tan limitadas, se considera necesario incentivar y promover la participación ciudadana, abriéndole reales posibilidades de adquirir un verdadero protagonismo en el proceso de formación de las leyes, ya que ello logrará un enriquecimiento al proceso legislativo, y por otra parte, la ciudadanía se considerará partícipe del sistema democrático".


Agregaron que "consideramos que debe institucionalizarse en nuestra Constitución, lo que se denomina como iniciativa popular de ley, lo que abrirá al pueblo un espacio real y concreto de participación en los destinos de la Nación".


Precisaron que "la formalidad que debe adquirir la iniciativa popular ha de ser simple, vale decir, una proposición de carácter genérico sobre los aspectos y el sentido en el que se propone legislar, con sus ideas matrices o fundamentales, sin que sea exigible un proyecto de ley con sus disposiciones redactadas en forma íntegra".

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