Diputado Farías denuncia cláusulas abusivas de empresas de asistencia médica domiciliaria




Publicado el 14 de octubre del 2011



El parlamentario PPD se reunió con el director del SERNAC, Juan Antonio Peribonio, para entregarle los antecedentes que comprueban la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de las empresas de asistencia médica domiciliaria





El diputado Ramón Farías (PPD) afirmó que “estas cláusulas ilegales y arbitrarias existen y afectan a todos los que contratan estos servicios”, porque se tratan de los denominados contratos de adhesión, donde el usuario no tiene posibilidad alguna de modificar.



“Acudimos a reunirnos con el director del SERNAC porque a raíz de un caso personal y el de dos personas más, llegamos a la conclusión de que los contratantes pierden gran parte de los derechos que la ley les adjudica”, afirmó el legislador.



Y se trata de la Ley nº 19.496, en que se establecen claramente cuáles son los derechos que estos contratos debe respetar y que “en el caso de la UCM no se cumplen”.



Farías indicó que han detectado dos tipos de ilegalidades más recurrentes. Una en el que los usuarios piden retractarse del contrato en el plazo legal (10 días) y la empresa no lo permite.



“Se trata de dos casos a los cuales tuvimos acceso, donde las afectadas intentaron cancelar dicho acuerdo al quinto día de haber firmado y la empresa no se los permitió, y ordenó el pago de una multa que finalizó con el envío de estas dos personas a DICOM”.



El segundo que tiene que ver con el término del contrato unilateralmente, y fue el que lo afectó directamente, pues la UCM decidió poner fin a su acuerdo, argumentando que la dirección entregada no correspondía al radio urbano del servicio, por lo que se debía pagar un precio mucho más alto o terminar el acuerdo suscrito entre el parlamentario y la empresa.



“Claramente estamos frente a cláusulas que son total y completamente abusivas y arbitrarias, pues la posición del usuario se ve vulnerada por disposiciones que por ejemplo estipulan que el contratante no puede terminar el contrato en un plazo de 1 año, de lo contrario debe pagar una multa de 3 UTM. Sin embargo, la propia empresa sí puede hacerlo, y lo que es peor aún, sin siquiera presentar o exponer una expresión de causa, lo que a todas luces es un perjuicio para los usuarios del sistema”.



Por lo mismo, el parlamentario anunció que llevará a cabo acciones en dos sentidos. “La primera es la denuncia en el juzgado de policía local con el caso del término de contrato, para que sea la justicia la que determine la ilegalidad de esas cláusulas”.



En segundo lugar, en 30 días Farías se reunirá nuevamente con el director del SERNAC, quien entregará un informe de cuáles son las disposiciones que no pueden existir en estos tipos de contratos y la disposición de las empresas a modificarlas.



De lo contrario, “el SERNAC se comprometió a entablar las acciones judiciales correspondientes y denunciar a estas empresas que incumplen la legalidad vigente y pasan a llevar continuamente los derechos que los consumidores tenemos”, explicó Farías

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