Diputados solicitan mejoramiento de condiciones laborales de funcionarios de juntas inscriptoras




Publicado el 19 de octubre del 2011



Con 48 votos a favor y 3 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación al Proyecto de Acuerdo 443, que solicita al Gobierno una revisión de la situación laboral que afecta a los funcionarios de las juntas inscriptoras del país, que realizan su labor sin contrato de trabajo ni beneficios laborales como derecho a licencias médicas, feriado legal o pago de imposiciones.





La iniciativa fue promovida por el diputado Gaspar Rivas (RN), quien afirmó que a las personas que se desempeñan en las juntas inscriptoras del Servicio Electoral no se les reconoce su labor como trabajo remunerado, no contando con contrato de trabajo ni acceso a los beneficios de que disponen los empleados públicos.



Agregó el parlamentario que los integrantes de las juntas inscriptoras sólo firman un comprobante de recibo de un cheque, sin siquiera tener que emitir boleta de honorarios.



“Estas personas no tiene derecho a pago de imposiciones ni otros beneficios señalados en la legislación laboral, como derecho a jubilación, feriado legal o beneficios por antigüedad. Es más, si faltan por enfermedad, no se les paga el día no trabajado”, puntualizó.



“La remuneración que reciben estos funcionarios, por su parte, deja mucho que desear, considerando la importancia del cargo que realizan. El artículo 21 de la Ley 18.556 señala este monto (un décimo de unidad tributaria mensual por cada sesión a que asistan, más un tercio de un milésimo de UTM por cada inscrito), que en la práctica promedia entre $ 150.000 y $ 180.000 mensual, es decir, en muchos casos es menor al mínimo”, agregó el diputado Rivas.



El congresista enfatizó que “estamos ante una situación de suyo irregular, que requiere una modificación por parte de la autoridad competente, con el fin de terminar con una mala práctica laboral que actualmente perjudica a un grupo importante de chilenos trabajadores, desde Arica a Punta Arenas. Esa autoridad sólo puede ser el Poder Ejecutivo, ya que el artículo 65 de nuestra Constitución establece que la iniciativa de presentar proyectos que fijan remuneraciones en organismos públicos corresponde exclusivamente al Presidente de la República”.



El Proyecto de Acuerdo 443 solicita al Gobierno revisar las condiciones laborales de los funcionarios de las juntas inscriptoras y que se estudie su situación remuneracional para mejorar su situación en ese ámbito.



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