Dato:Preguntas y Respuestas del Sernac Financiero

¿Por qué un SERNAC Financiero?




Porque sabemos que muchos consumidores tienen problemas con las empresas financieras; no saben cuánto terminarán pagando por el crédito, reciben cobros que no entienden o se ven obligados a firmar contratos que parecen estar en chino.



El crédito es una herramienta útil, pero se suele pedir en situación de necesidad y tenemos pocas opciones de entender toda la información. Por eso es tan importante que el SERNAC Financiero transparente la información y que los consumidores sepan que tienen nuevos derechos.



¿Qué es el SERNAC Financiero?



Será una División dentro del SERNAC donde habrán funcionarios especialmente trabajando para que los Bancos, Casas Comerciales, Cajas de Compensación y cooperativas, respeten sus derechos.



Con el SERNAC Financiero los consumidores tienen nuevos derechos, las empresas más responsabilidades y el SERNAC nuevas facultades.



¿Qué información podré exigir?



• Tiene derecho a que los Bancos, multitiendas o Cajas de Compensación, le informen más claro que el agua qué significa lo que está contratando. Esto es, así como en la tienda le dicen cuánto cuesta el pantalón y puede saber de qué material es, o en el almacén le informan cuánto cuesta el kilo de pan y qué tipo de pan es, le tendrán que decir cuánto cuesta el crédito y de qué se trata lo que está contratando.



• Por ejemplo, si pide al Banco, un crédito de $200 mil en 12 cuotas, tendrán que informarle, que sumando todo, le cobrarán $300 mil adicionales. Es decir, pagará $100 mil más por la plata que pidió. Así usted podrá ir con su papelito de cotización al Banco de al lado y comparar si le ofrecen un precio mejor.



• Para recibir esta información tendrán que informarle que es la CAE o la Carga Anual Equivalente, es decir, el costo anual del crédito de tal forma que con ese dato podrá cotizar más fácilmente.



• Tiene derecho a que los contratos se entiendan y sean simples y claros. Para eso, el principio del contrato debe incluir una hoja resumen que contendrá lo principal que usted debe saber.



• En el contrato deberá explicarse qué es ser aval y qué consecuencias tiene.



• Tiene derecho a saber qué harán con los mandatos o cualquier poder que haya firmado y que le rindan cuenta.



• Tiene derecho a que le informen por escrito las razones de por qué le negaron un crédito.



¿Qué nuevos derechos tengo?



• Tiene derecho a cerrar su cuenta en 10 días sin que le pongan problemas. Es decir, si ya no quiere tener la tarjeta del Banco o la multitienda, y ya pagó lo que debía, puede terminar el contrato y dejar de recibir los cobros que significa mantenerlas.



• Tiene derecho a que no lo “amarren” con otros productos y servicios que no pidió. Esto es, si quiere sacar la tarjeta de una multitienda, no lo pueden obligar a que también contrate un seguro. Las empresas podrán ofrecer productos asociados al crédito, pero siempre usted tendrá la libertad de aceptarlos o no.



• Si compra algún producto asociado deberá estar en un contrato aparte y manifestar su voluntad de contratarlo mediante su firma.



• Tiene derecho a que las empresas no le cambien las condiciones o costos del contrato si no está de acuerdo. Por ejemplo, si tiene la tarjeta de una multitienda o un banco, no le pueden subir las comisiones o los precios que le informaron en el contrato.



• No le pueden poner límites a los medios de pago electrónicos en caso que el cliente tenga cuenta en otro Banco.



• La cotización que le entregue en Banco o multitienda debe estar vigente 7 días.



• Está prohibido que le envíen a su domicilio o lugar de trabajo, productos o contratos representativos de ellos.



• Tiene derecho a que no lo limiten a comprar con la misma tarjeta emanada de la misma casa comercial donde está comprando.



• Derecho a que si le cambian el plástico de la tarjeta no le cobren comisión.



• Tiene derecho a que se cancele la hipoteca en 15 días y que la hipoteca sólo garantice el crédito y no todas las deudas que usted tenga.



¿Qué es el Sello SERNAC?



Es un Sello o “certificado” que entregará el SERNAC a aquellos contratos que haya revisado y verificado que cumplen con la Ley y que por ejemplo, no contienen alguna cláusula que pueda ser abusiva.



Una cláusula abusiva es alguna frase que por ejemplo, diga que en caso de que le cobren de más, la empresa no tiene la culpa o bien que diga que le pueden subir el precio cuando quieran y porque sí.



Los contratos que pasen la prueba del SERNAC, van a tener un timbre o sello para que usted lo vea y pueda firmar tranquilo sabiendo que no le estarán pasando gato por liebre.



Cuando usted elige un contrato con Sello SERNAC, sabrá que ese Banco o Multitienda tiene una oficina de atención al cliente que tendrá que resolverle su reclamo en máximo 10 días.



Si usted no está de acuerdo con la respuesta, el reclamo podrá ser sometido a mediación que tendrá una resolución en un máximo de 10 días. Si de todas maneras no le satisface la solución, quedará el camino del arbitraje con un plazo de resolución en un máximo de 90 días.



¿Qué pasa si la empresa no cumple?



La empresa que no cumpla con lo que resolvió el servicio de atención al cliente o el mediador, arriesga multas de hasta 750 UTM y a que le quiten el Sello SERNAC.



¿Las empresas pueden renovar el Sello SERNAC?



El Sello SERNAC sólo puede estar vigente si la empresa mantiene las mismas condiciones que tenía cuando lo obtuvo. También se tomará en cuenta cómo se ha portado la empresa en ese tiempo considerando las sanciones y el número de reclamos.



Si la empresa pierde el sello, debe suspender de inmediato cualquier publicidad que lo mencione.



¿Qué otras facultades tendrá el SERNAC?



El SERNAC podrá designar como ministros de fe a ciertos funcionarios del Servicio que podrán certificar los hechos que infrinjan la Ley. Esto significa que serán una especie de fiscalizadores que podrán constatar en terreno si se produce una infracción y levantar un acta que servirá de prueba en tribunales.







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