La Contraloría determinó la legalidad el Plan “Salvemos el Año Escolar”

La Contraloría determinó la legalidad el Plan “Salvemos el Año Escolar” que diseñó el Ministerio de Educación para prevenir que estudiantes de colegios en toma perdieran el año por no contar la asistencia mínima que establecen las normas vigentes.


El ente contralor se pronunció en tal sentido frente a consultas formuladas al respecto por algunos parlamentarios, como los senadores Guido Girardi y Juan Pablo Letelier, y los diputados María Antonieta Saa y Rodrigo González, además de algunos representantes de padres y apoderados, entre otros.

Requerido el Mineduc, entregó un completo informe a la Contraloría al respecto, sobre lo cual esta institución contralora expresa que atendida la documentación sobre el plan ‘Salvemos el Año Escolar’, “cabe concluir que su elaboración e implementación por parte del Ministerio de Educación encuentra sustento constitucional y legal en las disposiciones antes citadas”.

De esta forma se refiere no sólo a disposiciones constitucionales sobre el derecho a la educación, sino también a normas como el artículo 4 del decreto con fuerza de ley N°2, de 2009, del Mineduc, que previene que la educación es un derecho de todas las personas y que corresponde al Estado “el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”. Agrega la Contraloría que la medida ministerial se funda, además, en los decretos exentos 551, de 1997; 112, de 1999; y 83, de 2001, todos del Mineduc, que previenen que situaciones de evaluación y promoción escolar no contempladas en estos mismos decretos “serán resueltas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación correspondientes dentro de la esfera de su competencia”.



Por tanto, la Contraloría establece que “es menester señalar que esta Entidad Fiscalizadora considera que, dado que el supuesto de que se trata se refiera a la evaluación y promoción general de alumnos de establecimientos educacionales que paralizaron sus actividades educativas, el Ministerio de Educación ha podido, en ejercicio de sus atribuciones y en procura del Bien Común, implementar un sistema que haga efectivo el derecho de la educación para quienes se adscriban voluntariamente al mismo, resultando procedente aplicar las normas antes citadas que autorizan a las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales a resolver sobre tales materias y a los jefes de los Departamentos Provinciales de Educación para adoptar medidas de manera de llevar a buen término el año escolar”.

La Contraloría señala que la autonomía de los establecimientos educativos para resolver acerca de la evaluación y promoción de sus alumnos está sujeta a la facultad y deber del Mineduc de verificar que en el ejercicio de dicha autonomía se resguarden debidamente los aspectos esenciales para el debido fin del año escolar”.

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