Diputados: Aprueban tratado bilateral entre Chile y Nicaragua





Publicado el 10 de abril del 2012



En 2010 ambos países mantuvieron un intercambio comercial de US$ 21 millones, con un superávit comercial de US$ 5 millones para Chile. El tratado permitirá que prácticamente todos los productos tengan acceso libre de aranceles en un plazo de 15 años en Nicaragua y 10 años en Chile.



Por 98 votos a favor y 1 abstención, la Cámara aprobó el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Bilateral entre Chile y Nicaragua al Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica y sus Anexos, suscrito en Managua, el 22 de febrero de 2011 (boletín 8037). La iniciativa, informada a la Sala por el diputado Guillermo Teillier (PC) fue enviada al Senado, a segundo trámite constitucional.



En 2002 entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua). Dicho acuerdo estableció un mecanismo de entrada en vigencia progresiva, en orden a instituir, por una parte, un ámbito normativo común para todos los países y, por otra, un conjunto de disposiciones que deberían ser negociadas y tratadas en forma bilateral entre Chile y cada uno de los países signatarios de Centroamérica.



Por ello, el Tratado entrará en vigor, separadamente, entre Chile y cada país de Centroamérica, una vez verificadas las condiciones fijadas en el mismo, que incluyen la suscripción den un protocolo bilateral.



El Protocolo Bilateral entre Chile y Nicaragua se estructura sobre la base de cinco artículos y sus respectivos Anexos: el programa de desgravación arancelaria; las restricciones a programas de apoyo a las exportaciones; los derechos de trámite aduanero; el entendimiento sobre indicaciones geográficas; las reglas de origen específicas aplicables sólo entre Chile y Nicaragua y los Anexos sobre comercio transfronterizo de servicios.



Por otra parte, se contempla que con el ánimo de fortalecer los lazos especiales de amistad, cooperación e integración entre ambas naciones, Chile brindará cooperación comercial a Nicaragua, en las áreas que las Partes determinen de común acuerdo.



Comercio de Mercancías



En lo que respecta al comercio, Chile tuvo en el año 2010 un intercambio comercial con Nicaragua que alcanzó los US$ 21 millones, con una balanza comercial superavitaria que llegó a los US$5 millones.

El Protocolo Bilateral es de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 15 años en Nicaragua y 10 años en Chile.



En el ámbito no arancelario se adoptó el compromiso de no imponer medidas para-arancelarias que puedan afectar el comercio entre los países signatarios. También se estableció el compromiso de eliminar los subsidios a las exportaciones de productos agrícolas entre los socios y promover su eliminación en el ámbito multilateral.



En cuanto a los productos excluidos de la desgravación arancelaria, Chile listó los siguientes: productos en banda de precio (trigo y harina de trigo), glucosa, fructosa y artículos de prendería, entre otros. En el caso de Nicaragua, su lista de exclusión incluye: carnes rojas, carnes de aves, leche líquida fresca, preparaciones de carnes rojas, preparaciones de carnes de aves y cervezas, entre otros productos.



Evaluación de la Desgravación Arancelaria



Como resultado de las negociaciones, Nicaragua concedió un 66% de sus productos en categoría inmediata, lo que significa que éstos podrán ingresar libres de aranceles desde el primer día de vigencia del Tratado y su Protocolo. En desgravación a 5 años quedó un 19,2% de los productos y en categorías más largas (10 y 15 años), Nicaragua otorgó a Chile el 13,4% de los ítems arancelarios, quedando en excepciones un 1,4%. Cabe mencionar que las desgravaciones son todas anuales e iguales.



Considerando las exportaciones efectivas a Nicaragua, según cifras del año 2010, el 63,5% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado desde la entrada en vigencia, lo que lo hace un instrumento internacional ampliamente favorable para Chile. Entre los productos que obtuvieron un acceso inmediato libre de aranceles destacan: leche condensada, quesos, nueces, uvas frescas, manzanas, caramelos, chocolates, pastas de tomate, vinos, cigarrillos, etc.



Apertura comercial de Chile



En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a Nicaragua, un 97,5% de los productos tendrán acceso inmediato libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Tratado, quedando en desgravación a 5 años un 1,79%, en desgravación a 10 años el 0,3% de los productos, en excepciones un 0,4% y en el tratamiento azúcar el 0,01%. Entre los productos de importación de Chile desde Nicaragua podrán ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Tratado y del Protocolo Bilateral los siguientes productos: frutas tropicales, cigarros, puros, ron, suéteres y poleras de algodón; en 5 años los aceites comestibles, artículos de confitería, chocolates; en 10 años el arroz, los cementos, neumáticos.



Entendimiento sobre Indicaciones Geográficas



Respecto a las indicaciones geográficas, el Protocolo Bilateral establece que Nicaragua reconocerá la indicación geográfica Pisco Chileno como bebida espirituosa en el plazo de tres años desde la fecha de entrada en vigor del Tratado y este Protocolo.

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