JUZGADO DE OSORNO CONDENA A EMPRESA DE BUSES CIDHER POR DEJAR BOTADO A PASAJERO

Alejandro Baeza compró dos pasajes para viajar a Osorno en servicio Premium en la empresa Cidher. Si bien el bus partía desde Santiago, el consumidor abordaría a las 21.30 horas junto a su señora en el paradero del acceso norte de la ciudad de Rancagua.



Sin embargo, pese a esperar por largo rato el bus nunca apareció. Tras consultar telefónicamente le informaron que la máquina no ingresó a la ciudad.



Debido a que a las 8:00 de la mañana del día siguiente tenía que cumplir con sus obligaciones laborales, el consumidor no tuvo otra alternativa que viajar en vehículo a su destino.



Luego del incumplimiento y ante la frustración y los costos que tuvo que asumir, como haber tenido que manejar durante toda la noche, el consumidor decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno.



En el tribunal la empresa se defendió de las acusaciones señalando que el servicio sí había sido prestado, saliendo el bus desde el terminal de Santiago y llegando a Osorno, tal como estaba programado. Agregó que el consumidor es quien debe probar que efectivamente la empresa incumplió su compromiso.



Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el tribunal rechazó los argumentos de Buses Cidher, agregando que es la empresa la que debe demostrar que cumplió su obligación con el consumidor, mediante algún documento que acredite que efectivamente hizo la ruta comprometida, es decir, ingresar a la ciudad el día y la hora señalada mediante algún documento del Terminal de Rancagua o su propia bitácora de viaje, lo que en este caso no sucedió.



El tribunal determinó que la empresa infringió la Ley del Consumidor al actuar con negligencia, lo que le provocó consecuencias negativas al consumidor desde el momento en que quedó esperando junto a su cónyuge un bus que nunca llegó, siguiendo con las gestiones que tuvo que realizar posteriormente para llegar a su trabajo al día siguiente y las que tuvo que realizar al recurrir a la justicia, en circunstancias que Buses Cidher ni siquiera le reembolsó el valor de los pasajes.



Finalmente, el tribunal condenó a la empresa Buses Cidher al pago de una indemnización de $480 mil al consumidor. Además le aplicó una multa de 5 U.T.M. (cerca de 200 mil) por haber infringido la Ley.



Para el Director Regional del SERNAC Los Lagos, Sebastián Fernández, este fallo confirma que las empresas de buses deben cumplir con sus compromisos y entregar el servicio para el que fueron contratadas.



La autoridad regional agregó que los consumidores tienen derecho a que se les entregue un servicio de calidad, lo que se traduce en este tipo de servicios que se cobre el precio informado, que siga la ruta indicada, que salga y llegue a destino a la hora comprometida y en buenas condiciones.



Además de las sanciones para la empresa por el incumplimiento de sus obligaciones, los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones que correspondan al daño causado, finalizó Fernández.

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